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El Tribunal Supremo ha confirmado parcialmente la sentencia que condenó al ex alcalde de Ponferrada (León) Ismael Alvarez por un delito de acoso sexual a la ex concejal Nevenka Fernández pero ha rebajado la multa impuesta de 6.480 a 2.160 euros al suprimir el agravante de abuso de superioridad.

Así lo decidió la Sala de lo Penal del Alto Tribunal en una sentencia en la que se desestima sin embargo íntegramente el recurso interpuesto por Nevenka Fernández contra la dictada en mayo de 2002 por el Tribunal Superior de Castilla y León que condenó al ex alcalde del PP a una multa de 6.480 euros y al pago de una indemnización de 12.000 euros a la ex concejal por el delito de acoso.

El Supremo mantiene en su sentencia, en la que existen dos votos particulares, la indemnización impuesta pero reduce la multa al estimar parcialmente el recurso del ex alcalde y considerar que en este caso no existe abuso de superioridad porque el «alcalde es superior jerárquico de todos los empleados del Ayuntamiento (...) pero no concurre estrictamente esta jerarquía con los concejales de un Ayuntamiento».

La Sala modifica en consecuencia la pena de multa, de nueve meses de duración con cuota diaria de 24 euros impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, a tres meses con la misma cuota diaria.

El Supremo estima que debe mantenerse la absolución de Alvarez en el delito de causar lesiones psíquicas, tal y como consideró en su día la sentencia de instancia, ya que «las lesiones psíquicas concurrentes están ordinariamente consumidas y su desvalor absorbido por la comisión de un delito de abuso o agresión sexual».