El Tribunal Supremo ha confirmado parcialmente la sentencia que
condenó al ex alcalde de Ponferrada (León) Ismael Alvarez por un
delito de acoso sexual a la ex concejal Nevenka Fernández pero ha
rebajado la multa impuesta de 6.480 a 2.160 euros al suprimir el
agravante de abuso de superioridad.
Así lo decidió la Sala de lo Penal del Alto Tribunal en una
sentencia en la que se desestima sin embargo íntegramente el
recurso interpuesto por Nevenka Fernández contra la dictada en mayo
de 2002 por el Tribunal Superior de Castilla y León que condenó al
ex alcalde del PP a una multa de 6.480 euros y al pago de una
indemnización de 12.000 euros a la ex concejal por el delito de
acoso.
El Supremo mantiene en su sentencia, en la que existen dos votos
particulares, la indemnización impuesta pero reduce la multa al
estimar parcialmente el recurso del ex alcalde y considerar que en
este caso no existe abuso de superioridad porque el «alcalde es
superior jerárquico de todos los empleados del Ayuntamiento (...)
pero no concurre estrictamente esta jerarquía con los concejales de
un Ayuntamiento».
La Sala modifica en consecuencia la pena de multa, de nueve
meses de duración con cuota diaria de 24 euros impuesta por el
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, a tres meses con
la misma cuota diaria.
El Supremo estima que debe mantenerse la absolución de Alvarez
en el delito de causar lesiones psíquicas, tal y como consideró en
su día la sentencia de instancia, ya que «las lesiones psíquicas
concurrentes están ordinariamente consumidas y su desvalor
absorbido por la comisión de un delito de abuso o agresión
sexual».
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