El macrojuicio se celebró en la Audiencia de Palma a finales de
1996 y sentó en el banquillo a 19 acusados, para los que el fiscal
pidió inicialmente penas que sumaban 141 años de prisión y multas
que superaban los 1.200 millones de pesetas. Antes de dar comienzo
el juicio el fiscal trató de llegar a un acuerdo con los acusados y
casi todos aceptaron los cargos pero no las condenas. Al final, el
tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia de Palma condenó a
15 de los procesados y les impuso penas que sumaban 60 años de
cárcel e indemnizaciones millonarias.
Juan P. fue condenado a cinco años de cárcel por un delito
contra la salud pública y a pagar una multa de 51 millones de
pesetas, y a cinco meses de arresto mayor por otro de contrabando y
una multa de 75 millones de pesetas. Frente a la sentencia dictada
por la Audiencia de Palma, Juan P., representado por el abogado
Fernando Mateas, interpuso un recurso de casación ante la Sala
Segunda del Tribunal Supremo (TS), junto a otros cuatro
procesados.
El TS absolvió a Juan P., junto al resto de los que con él
fueron acusados en el mismo juicio, por lo que al delito de
contrabando se refiere, pero mantuvo la condena por el delito
contra la salud pública. Juan P. recurrió al Constitucional al
considerar que esta sentencia era incongruente. Ahora, el TC ha
aceptado el recurso y ha declarado nula la sentencia del Supremo,
dictada en abril de 1998, en la parte del pronunciamiento
condenatorio que afecta a Juan P. y ordena que se vuelva a dictar
nueva sentencia.
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