La Audiencia Nacional declaró ayer la responsabilidad patrimonial
del Estado y de la Diputación General de Aragón en la riada que el
7 de agosto de 1996 causó la muerte de 87 personas en un cámping de
Biescas (Huesca) y les condena a pagar a las víctimas una
indemnización de 11.265.987 euros.
Este riesgo había sido advertido en un expediente necesario para
autorizar la instalación del cámping por un funcionario de la
Diputación General de Aragón (DGA), dado que ocupaba la parte más
activa del cono de deyección (desagüe) de un barranco de fuerte
torrencialidad.
La sentencia explica que la responsabilidad de estas dos
Administraciones deriva del hecho de que consintieron que el
cámping Las Nieves se ubicara en un lugar peligroso para los
acampados y sus instalaciones.
El funcionario que elaboró este documento «informó con claridad
del riesgo que suponía esa ocupación, dado que dicho lugar era el
cono de deyección de un barranco, concretamente del río Arás, que
desemboca en el río Gállego, importante afluente del Ebro», pese a
lo cual se autorizó la instalación del cámping al borde del
barranco, en una zona «inundable».
La resolución notificada ayer recuerda, además, que en ese mismo
lugar ya se habían producido en 1905 y 1929 dos «avenidas de agua»
que causaron una víctima mortal.
La Audiencia Nacional ha absuelto a los otros dos codemandados,
el Ayuntamiento de Biescas y el propietario del cámping, Luis
Bardají, porque «no se ha acreditado en autos que (...) conocieran
el informe desfavorable a la ubicación del cámping Las Nieves».
Las dos Administraciones condenadas deberán indemnizar «conjunta
y solidariamente» -ya que «no se puede individualizar la
responsabilidad de cada una»- a los demandantes, que representan a
62 de los fallecidos y a otras diez personas que sufrieron heridas
o pérdidas materiales.
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