El Tribunal Supremo confirma una pena de cinco años de cárcel contra Jaime Llull, conocido como 'El Taxista' por formar parte de la banda que introdujo más de 7.000 kilos de hachís en Mallorca en el año 2007. El fallo del alto tribunal ratifica otras seis condenas contra la misma banda pero absuelve a tres de los condenados por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma.
Llull es uno de los históricos del tráfico de drogas en Mallorca y esta es su segunda condena firme de larga duración por narcotráfico. En este caso fue condenado a cinco años y tres meses de prisión; la misma pena que para sus diez compañeros de organización.
El Supremo avala el criterio de la Audiencia de Palma, que consideró probado en su sentencia que Llull jugaba un papel en la organización y que, por lo tanto es coautor de un delito contra la salud pública.
En concreto, el ex taxista de Manacor era el encargado de facilitar combustible para que las lanchas que desembarcaban en Mallorca pudieran regresar al norte de Àfrica. El fallo del Supremo recuerda que además «gozaba del dominio funcional en las operaciones de desembarco y almacenamiento de importantes sumas de hachís».
El mismo criterio que sigue con Llull queda aplicado para la mayor parte de los miembros de la banda. De esta forma, confirma las condenas contra otros seis narcotraficantes: Raschid Hajjaj, Anouar Hozman, Ouafi Ben Omar, Abderrazizi Amrah, Jamal El Ghobachi y Rachiz Ait Tarint.
Sin embargo, el Supremo sí revoca tres condenas. Se trata de las de otros tres magrebíes. La Audiencia había tomado como prueba de cargo en su contra una llamada telefónica que les advertía de que dejasen su casa y se fueran a un hotel. El motivo del aviso es que la Policía había intervenido un vehículo que tenía como domicilio la vivienda en la que se encontraban. El fallo considera que esta llamada sí es significativa y denota que conocían a los acusados y que éstos consideraban peligroso que les encontraran en la casa, «sin embargo, no existe ningún otro dato que acredite la participación de estos acusados en las operaciones de tráfico, pudiéndose construir variadas hipótesis que justifiquen la llamada». Con este razonamiento, el Tribunal, en el que actúa como ponente el juez Carlos Granados, cree que no hay motivos suficientes que acrediten la culpabilidad de estos tres acusados.
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