María del Carmen García junto a su abogado, realizan declaraciones a la prensa después de que hoy la Audiencia de Alicante estimase la petición de suspensión de su condena.

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La Audiencia de Alicante ha estimado la petición de suspensión de la condena de la mujer de Benejúzar (Alicante) que mató al violador de su hija hasta que el Consejo de Ministros resuelva la correspondiente solicitud de indulto, por lo que se deja sin efecto su ingreso en prisión, previsto para mañana.

El auto ha sido dictado hoy por la sección séptima de la Audiencia de Alicante, con sede en Elche, y dado a conocer a los periodistas por el abogado de esta mujer, Joaquín Galant, quien en ese momento estaba en su despacho de la capital alicantina junto a la condenada, María del Carmen García, y la hija de ésta.

María del Carmen García fue condenada en julio de 2009 por la Audiencia alicantina a 9 años y medio por el crimen -ocurrido en junio de 2005-, aunque luego el Tribunal Supremo rebajó la pena hasta 5 años y medio al aplicarle la eximente incompleta de trastorno mental transitorio.

Su letrado formuló recientemente la solicitud de suspensión de la condena después de que colectivos, sindicatos, partidos políticos e instituciones públicas -entre ellas, la Diputación de Alicante- demandaran al ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, la concesión de indulto para esta mujer.

Esa petición, a la que hoy se ha adherido el abogado de la mujer, cuenta con el respaldo de casi 13.000 firmas y es la segunda que se formula a su en favor, después de que la primera le fuera denegada el pasado mes de abril por el Consejo de Ministros, decisión que fue recurrida en su día ante el Tribunal Supremo.

El abogado de la mujer planteó la suspensión de la condena al amparo del artículo 4.4 del Código Penal (CP), que prevé esa posibilidad cuando se tramita una solicitud de indulto, como es el caso.

Ahora, la Sección Séptima de la Audiencia de Alicante ha estimado la petición de suspensión de la condena al entender que se dan «motivos excepcionales» previstos en ese artículo del CP, entre otros, la «vida sin comisión de delitos» de la mujer y su «arraigo» en su localidad, Benejúzar.

Las entidades ciudadanas impulsoras de la solicitud de indulto aducen que el ingreso nuevamente en la cárcel de María del Carmen García -ya estuvo un año y diez días en prisión preventiva- «a lo único que contribuiría es a que sufra un mayor dolor del que ya está sufriendo» desde que fue violada su hija.

Sostienen que la condenada padece, desde entonces, «un trastorno adaptativo mixto con síntomas ansioso-depresivos que, sin duda, serán agravados si vuelve» a prisión.

A este respecto, la Audiencia de Alicante considera en el auto dictado hoy «el riesgo de que un ingreso en prisión pueda tener indeseados efectos en el curso evolutivo del tratamiento médico que la penada sigue para su enfermedad mental».

También recuerda que «carece de antecedentes policiales y penales», y que debe atender a la familia, «en concreto, a su esposo, que padece una grave enfermedad mental desde hace años».

«En consecuencia, tanto antes como desde que ocurrieron los hechos que ahora se enjuician, se trata de una vida sin delitos», afirma el tribunal.

El auto señala que «habiendo informado este tribunal sentenciador a favor del indulto parcial, sería un contrasentido no acceder ahora a la suspensión (de la condena) durante la tramitación del expediente» de petición de indulto popular.

Igualmente, recuerda que la acusación pública, aunque se opone a la suspensión de la ejecución de la condena, emitió en su día un «informe favorable a la concesión del indulto parcial».

Los hechos por los que fue condenada María del Carmen García ocurrieron el 13 de junio de 2005, cuando, tras encontrarse con el violador de su hija -que disfrutaba de un permiso carcelario por este delito-, le roció con gasolina y le prendió fuego.