Los padres de Nadia Nerea junto a la pequeña. | Archivo UH

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La Audiencia Provincial de Lleida ha desestimado el recurso de los padres de Nadia contra la medida de suspensión de la patria potestad acordada por el juez instructor del caso al considerar el tribunal que dicha suspensión es procedente para evitar «la instrumentalización» de la niña.

Los padres residían con la pequeña en Organyà (Lleida) cuando, a finales del año pasado, estalló el caso al publicarse que los progenitores, presuntamente, utilizaban a la menor para conseguir donativos que no destinaban a su dolencia, tricotiodistrofia.

Los progenitores recurrieron la suspensión cautelar de la patria potestad por considerar la medida improcedente por hallarse la menor escolarizada, alimentada y atendida, en un ambiente familiar estructurado, con relaciones sociales, con asistencia sanitaria y sin sufrir abandono o perjuicio alguno.

Sin embargo, en conformidad con el Ministerio Fiscal, la Audiencia considera que la medida sí es ajustada a derecho y procedente debido a que fue adoptada con el fin de proteger a la menor.

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«En el presente supuesto el juez ha valorado tanto la existencia de indicios delictivos como el riesgo objetivo para la víctima. Como resultado de la investigación policial se desprenden elementos indiciarios de la comisión de un delito de estafa por parte de los investigados, que se habrían estado lucrando partiendo de la enfermedad de su hija menor», señala el tribunal.

El auto explica, en este sentido, que para cometer la estafa, presuntamente, los progenitores de la niña «se sirvieron de una asociación para la tricotiodistrofia, a través de la cual han recaudado importantes sumas de dinero, no resultando acreditado que tales cantidades hayan sido destinadas a tratamientos de la menor, sino a gastos de mantenimiento ordinario familiar e incluso suntuario».

A la vista de todo el material aportado a la causa, sigue la Audiencia, «no puede descartarse la consideración de víctima de la menor, cuando menos a través de su utilización como medio o instrumento para la ilícita obtención de importantes recursos económicos por parte de sus progenitores, lo cual se contrapone de forma evidente al correcto ejercicio de las obligaciones derivadas de la potestad parental», por lo que considera procedente la medida recurrida.

La suspensión de la patria potestad, según la Audiencia, «resulta procedente al objeto de evitar dicha instrumentalización y las inherentes consecuencias negativas que la misma conlleva para el normal y correcto desarrollo de la menor», sin prejuicio de que pueda ser revisada durante la instrucción de la causa, de manera que la medida solo deberá mantenerse mientras resulte estrictamente necesaria para la salvaguarda de los derechos de la menor.

Esta desestimación se ha conocido este lunes, día en que también se ha sabido que la cantidad económica estafada por los padres de Nadia Nerea podría superar el millón de euros, una cantidad bastante más elevada de los 600.000 euros que los Mossos d'Esquadra fijaron inicialmente como cantidad «derrochada» por los progenitores de la menor.