En su escrito de acusación subraya que los hechos enjuiciados respecto a David M. F. constituyen un delito de asesinato concurriendo las circunstancias de alevosía y ensañamiento. Será juzgado por un Jurado Popular a partir de este martes en la Audiencia Provincial de Madrid.
Además, el fiscal aprecia la agravante de parentesco y la eximente incompleta de alteración psíquica por lo que entiende que también sería de aplicación la medida de internamiento en un centro médico adecuado a su alteración psíquica «por un periodo máximo de 25 años».
Y es que en el momento de ocurrir los hechos, el acusado padecía una esquizofrenia hebefrenica, lo que unido al consumo de alcohol, cannabis y benzodiacepinas, le provocó un brote psicótico «que le afectó de manera mínima en su capacidad interactiva y volitiva».
Los hechos se produjeron el 4 de febrero de 2015 cuando tras una discusión con su madre, el acusado fue a buscarla a su dormitorio donde se había refugiado «dado el cariz que había tomado la misma».
Allí, «de forma sorpresiva», le golpeó en la cabeza «en al menos cuatro ocasiones» con un objeto contundente, «previsiblemente un martillo».
El acusado, aprovechando el estado de aturdimiento de su madre, trató de colocarle en el cuello un objeto ovalado que previamente había calentado a más de 100 grados centígrados aunque la mujer logró zafarse de él y escaparse hasta el baño.
Nuevamente fue alcanzada por su hijo y debido a su estado de debilitamiento consiguió introducirle en su boca una bolsa de plástico y a continuación le tapó la nariz y la boca con sus manos hasta que dejó de respirar.
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