Más de 200 personas pidieron la inhabilitación de Penalva y Subirán en la primera manifestación del autodenominado Movimiento 27N. | Pere Bota

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El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) reconsiderará la inadmisión de la querella contra el juez y el fiscal del ‘caso Cursach’, Manuel Penalva y Miguel Ángel Subirán, respectivamente. El TSJB ha dictado una providencia en la que requiere a los querellantes para que precisen los momentos exactos en los que se oiría o vería al titular del Juzgado de Instrucción número 12 de Palma y al fiscal Anticorrupción cometer los delitos que denuncian.

Los abogados José Ignacio Herrero y Vicente Campaner presentaron la querella contra Penalva y Subirán por prevaricación judicial, falsedad, torturas vindicativas y obstrucción a la Justicia durante la instrucción de la macrocausa. La querella se dirigió al Tribunal Superior al estar aforados jueces y magistrados.

La misma detalla supuestas irregularidades en tres casos. Por un lado, por intentar amedrentar durante el interrogatorio a cuatro testigos propuestos por la defensa contra un acusado de amenazar y agredir a un testigo protegido del caso, el 29. A raíz de una denuncia de éste, el sospechoso, un ciudadano rumano, fue detenido y enviado a prisión preventiva. Por otra parte, y supuestamente, por ‘chivar’ las respuestas a un testigo que declaraba contra policías locales de Palma en la causa. Y en tercer lugar, por presunta coacción a la ‘madame’, la testigo protegida número 31, al salir a la luz mensajes entre ella, el juez y el fiscal relacionados con la causa.

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La Sala de lo Civil y lo Penal del TSJB desestimó la querella y los abogados interpusieron un recurso de súplica ante la inadmisión. En el mismo, recordaban que «tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Constitucional, para admitir denuncia, solo piden que los hechos como se redactan puedan ser delictivos y que puedan ser verdad, y no tienen que acreditarse puesto que el objeto del proceso es precisamente investigarlos».

Providencia

El recurso ha sido admitido a trámite ahora y el pasado jueves el TSJB dictó la providencia en la que requiere a los abogados querellantes que precisen los ocho momentos o pasajes donde se suceden las supuestas irregularidades, tales como dar a testigos alguna información voluntaria que no saldría de ellos, con fines incriminatorios; sugerir a testigos nombres de identificados; dar indicaciones a testigos para que declaren en un sentido u otro, o introducir datos en las respuestas. A partir de la información obtenida el TSJB reconsiderará la inadmisión de la querella.