El juicio tuvo lugar el 5 y 6 de febrero de 2018 y en el mismo el acusado reconoció los hechos por los que le acusaban y por los que el Ministerio Fiscal y la acusación particular solicitaban penas que sumaban 75 años por un delito de asesinato y de dos intentos de asesinato.
La sentencia considera probado que el procesado inició una relación con la víctima en 2002 con la que tuvo dos hijos y vivían en Benicàssim. Posteriormente, la relación entre la pareja se deterioró y durante la primavera de 2016 la mujer decidió iniciar un proceso de ruptura con el acusado.
Esto no fue bien aceptado por el condenado quien «extremadamente celoso y posesivo» controlaba y vigilaba todos los movimientos de la mujer e impedía que pudiera tomar decisiones.
En la mañana del 20 de julio de 2016, la mujer, tras dormir en el sofá, fue al dormitorio donde dormía su pareja, se sentó en la cama y fue sorprendida por el procesado quien «con intención de acabar con su vida, la agarró por el pelo y le colocó un cuchillo en el cuello y le provocó un corte horizontal tan profundo que le provocó inmediatamente la muerte».
A continuación, y siguiendo «con su pérfido plan, se dirigió a la habitación de su hija y le propinó un corte con un cuchillo afilado en el cuello» y le tapó la cara con una almohada hasta que creyó que había fallecido.
Se dirigió entonces al dormitorio de su hijo, de 13 años, con un cuchillo en la mano, con la intención de acabar con su vida y le atacó con el arma blanca y le gritó que «así aprenderían a respetarle».
El menor trató de esquivarle y en el intento de impedir la agresión recibió heridas en las manos. Su padre le lanzó cuchilladas en el cuello hasta que lo tiró al suelo donde comenzó a golpearle la cabeza con el suelo.
Al huir, el niño chocó con su hermana, que recobró la conciencia y ambos se refugiaron en el cuarto de baño desde donde pidieron a su padre que avisara a una ambulancia y este, tras recostarse en el sofá, llamó al 112.
Los hechos son constitutivos de un delito de asesinato, dos delitos de asesinato en grado de tentativa y se le imponen penan que suman 70 años de prisión y la prohibición de aproximarse a sus hijos durante 10 años tras el cumplimiento de la pena de prisión.
Además deberá indemnizar con 221.000 euros y 233.000 euros a cada uno de sus hijos, con 20.000 euros a una de las hermanas de la fallecida -con la que viven los niños- y a 10.000 euros para cada uno de los otros dos hermanos de la víctima.
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