La Sala considera que existió un delito de asesinato en concurso ideal con otro de atentado con medio peligroso, con la agravante de reincidencia, al considerar probada la intención de matar.
El condenado tendrá que pagar una indemnización de 30.000 euros al abuelo de la víctima, que tenía 29 años cuando ocurrieron los hechos.
El tribunal ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el recurrente contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que, a su vez, confirmó la condena que le impuso un tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Madrid.
La Sala remarca la «crueldad y peligrosidad» del condenado que quería asegurarse la muerte del agente al tirarse con él a las vías, y rechaza que este cayera después de un forcejeo, como sostiene la defensa en su recurso de casación.
«En ningún caso se trató de un tropiezo, o un acto fortuito por un forcejeo, sino de un acto consciente, voluntario y deliberado de arrastrar consigo al agente, planteándose como posible que ello conllevara el resultado que finalmente provocó, como es la muerte del agente», subraya la sentencia.
El tribunal explica que las pruebas en las que se sustenta la condena son los testimonios del compañero del policía asesinado, de los dos vigilantes de seguridad que estaban en el andén de la estación, de una trabajadora de la limpieza que también presenció los hechos y del maquinista del convoy, además de la grabación de la cámara del metro y la que realizó un viajero.
Los magistrados consideran que se dan los elementos para apreciar la agravante de alevosía, porque la reacción del condenado era imprevisible y el agente no pudo defenderse ante la rapidez de la acción.
El reo se arrojó con el policía a la vía cuando llegaba el tren e inmediatamente después de que le pidieran la documentación.
«No puede exigirse a los agentes de policía que tengan que esperar una reacción como la que en este caso ocurrió, justo ante un acto tan habitual, como es el de interesar la identificación de una persona», concluyen los magistrados.
El acusado, que residía de forma ilegal en España, se fue acercando al borde del andén y «en el momento en que el convoy hacía su entrada en la estación y cuando la cabecera del mismo estaba a su altura, consciente de la alta probabilidad de que un eventual atropello sería mortal y con el fin de acabar con la vida del policía tiró de él y lo arrastró hacia la vía».
Después, según los hechos probados, «se arrojó a las vías arrastrando con él al agente de Policía Nacional sin importarle que él mismo pudiera fallecer». A consecuencia de ello, el agente falleció de forma instantánea.
2 comentarios
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Ojalá que le den 20 años, pero 20 años de verdad, sin tercer grado ni historias, lo que hizo es muy muy muy grave.
Las modernas ventajas de dejar entrar a todo el mundo.