La Audiencia de Palma ha declarado este lunes visto para sentencia el juicio al llamado «clan del Pablo», por tráfico de drogas en el barrio palmesano de La Soledad, en el que el tribunal solo tendrá que decidir sobre la absolución o condena de 3 de los acusados, porque la mayoría han alcanzado acuerdos.
En total, 48 de los 52 acusados iniciales se han conformado con las penas solicitadas por la Fiscalía y además una mujer fue absuelta en la primera jornada del juicio, el pasado 7 de mayo.
La vista oral ha concluido este lunes ante la sección segunda de la Audiencia de Palma, y la Fiscalía ha solicitado 7 años de prisión para una de las acusadas, y 3 años y 6 meses para los otros dos que tampoco han alcanzado acuerdos de conformidad. Los tres piden ser absueltos.
Se les acusa de integración en grupo criminal y narcotráfico, por haber formado una estructura organizada para lucrarse con la venta de marihuana y cocaína en la barriada de La Soledad, al menos entre agosto de 2014 y septiembre de 2015.
En el caso de la acusada para quien pide 7 años de condena, el fiscal considera acreditado «que estaba integrada en este grupo y realizaba venta de sustancias estupefacientes». Según el fiscal, Julio Cano, a lo largo del juicio ha quedado patente que «todos los acusados que actuaban en la calle Teix lo hacían de forma colaborativa» y se trata del lugar donde fue detenida esta acusada.
Su defensa ha pedido la absolución por considerar que las acusaciones se basan en «suposiciones», en la declaración de «un testigo increíble» por tener animadversión en contra de la mujer, y de otro «indefinido» que dijo que la mujer le vendió droga pero no concretó cuánta, ni cuándo ni dónde.
El letrado ha planteado una conclusión alternativa, en caso de que el tribunal la condenara, en la que pide que la pena sea de 3 años y 6 meses ya que considera que no es aplicable la reincidencia por faltar documentación para acreditarla.
En cuanto a uno de los acusados de narcotráfico para quien pide 3 años y 6 meses de condena, el fiscal considera que hay prueba indiciaria para estimar que es autor de tráfico de drogas e integración en grupo criminal, porque fue detenido en un punto de venta de cocaína consolidado en el tiempo, situado en la calle Teix, y se encontraba solo en el inmueble, donde no había nada que indicara que alguien residía allí, ni camas ni enseres.
Si bien el acusado pide la absolución y explica su presencia en la vivienda porque la había okupado y que no hay indicios en su contra sino «conjeturas», el fiscal considera esa versión poco creíble, dado que todos los portales lindantes eran puntos de venta de estupefacientes controlados por el clan enjuiciado.
Para el otro acusado, el fiscal ha retirado la acusación de pertenencia a organización criminal porque considera que no se ha acreditado que haya conexión entre los puntos de venta de droga de este grupo criminal y el lugar donde fue detenido en la operación policial.
La defensa ha pedido su absolución porque el lugar donde fue detenido no es un punto de venta acreditado, que estuviera allí no prueba que participara en la venta de droga y ha alegado en su defensa que solo llevaba encima menos de 25 euros cuando fue registrado. Ante la «duda razonable», ha pedido la absolución.
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