Por ocho votos a uno en el caso de Peral y siete a dos en el caso de López, el tribunal popular ha concluido que ambos examantes, que no han asistido al juicio por las restricciones del coronavirus después de que ella resultara contagiada, son responsables de haberse confabulado para matar a Rodríguez, al que «drogaron o medicaron» y cuyo cadáver quemaron en el interior de su vehículo, que abandonaron en una pista forestal del pantano de Foix el día después del crimen.
En su veredicto, el jurado considera probado que los procesados «conjuntamente, o al menos uno de ellos con la anuencia y colaboración activa del otro», agredieron a la víctima «de forma violenta» y «aprovechándose» de que se encontraba «enteramente despreocupada», eligiendo un momento en el que estaba «dormida o descansando» para impedir así que pudiera ejercer «defensa eficaz frente al ataque mortal del que fue objeto».
Tras este dictamen, la fiscal Elena Contreras, en sustitución de Félix Martín, ha mantenido su petición de 24 años de cárcel para Albert y 25 para Rosa, hospitalizada por COVID-19, por el agravante de parentesco, a la vez que ha solicitado el pago de 885.000 euros a la familia de la víctima en concepto de daños morales.
Los condenados, sin embargo, no han podido seguir la sesión por videoconferencia debido a problemas técnicos, contrariamente a lo que había asegurado en un principio el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
En su parecer, el jurado señala que entre marzo y abril de 2017 se produjo un «acercamiento emocional y sentimental» entre los condenados, que habían sido amantes, y que desembocó en la conclusión de que Pedro «obstaculizaba su relación y situación», por lo que «empezaron a trazar un plan con el fin de quitarle la vida».
Para ello, la madrugada del 1 al 2 de mayo de 2017 decidieron «drogarlo o medicarlo» para «anular sus capacidades físicas» y aprovecharse de que «no esperaba que su pareja pudiera agredirlo por el profundo enamoramiento que sentía por ella».
Tras más de cien horas de deliberación, en las que no se han producido incidencias, el jurado ha dado también por probado que, a diferencia de los sostenido por Rosa, los meses previos al crimen su relación con Pedro se caracterizaba por los «celos» y el «clima de desconfianza» que sentía la víctima después de que Albert le hubiera confesado que ella le había sido infiel.
Un dato que al mismo tiempo generó en el procesado un «sentimiento de hostilidad y firme deseo de revancha» hacia Pedro, cuyo cadáver acordaron quemar con el objetivo de «eliminar el máximo número de pruebas posibles» sobre la causa de la muerte, que sigue siendo una incógnita.
Para sus conclusiones, el jurado ha tenido en cuenta la adquisición por parte de Albert de una tarjeta telefónica de prepago que activó la noche del crimen como «señal que dio inicio al plan», así como el audio que Rosa le mandó y del que se desprendía que planeaban un fin de semana en Port Aventura tras los hechos.
El anillo de compromiso que Albert regaló a Rosa semanas antes del crimen, que esta usó en ocasiones y con el que se fotografió mientras en otra mano portaba la alianza de la víctima, también han sido cruciales para determinar la culpabilidad de ambos acusados.
El tribunal se ha basado además en los centenares de chats interceptados, así como en las geolocalizaciones de sus móviles, que los sitúan a ambos en la escena del crimen la noche del asesinato.
Tampoco ha pasado desapercibido el testimonio de un colega de Albert, según el cual el procesado le preguntó cómo se desharía de un cadáver y cuya respuesta fue exactamente lo que sucedió.
Por todo ello, el jurado ha acordado por unanimidad que no se les conceda la suspensión de la ejecución de la pena ni tampoco se solicite su indulto, mientras que las defensas han pedido o la anulación de las penas de prisión o el mínimo de 15 años sin los diez de libertad vigilada que también propone el Ministerio Público
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