En concreto, el uso del teléfono móvil al volante es una de las faltas que se ha endurecido con estas modificaciones. Y es que sigue siendo una de las primeras causas de distracción en la conducción y de accidentes de tráfico. Con el anteproyecto para modificar el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado, la detracción de puntos por conducir con un dispositivo como el smartphone o similar en la mano pasará de ser de 3 puntos a 6 por considerarse una infracción grave.
Pero el aumento de la pérdida de puntos no es el único cambio de esta norma. Con la nueva redacción no solo se considera una infracción el uso del móvil al volante, sino también sostenerlo en la mano mientras se conduce, aunque en el momento de la sanción no se esté utilizando. Desde la Dirección General de Tráfico explican que solo con sujetar el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo similar en la mano ya se considerará motivo de denuncia, multa y pérdida de puntos, pese a que no se estén enviando mensajes, realizando llamadas o utilizando cualquier función del dispositivo. También puntualizan desde la DGT que sigue siendo legal, por otro lado, el uso del manos libres si el teléfono está colocado en un soporte y no se está manipulando.
Este cambio se sustenta en dos razones. Primero porque, según el Reglamento, conducir con las manos despegadas del volante o realizando cualquier otro gesto que impida reaccionar correctamente durante la conducción ya es motivo de sanción, además de una acción peligrosa.
Y, segundo, porque se trata del uso del móvil al volante, una costumbre muy extendida que interfiere directamente en la seguridad vial. Con esta modificación en el texto (que anteriormente hablaba de utilizar, no de sujetar) se consiguen unificar los motivos de denuncia respecto a los smartphone y evitar dudas sobre si se está incurriendo en una infracción o no.
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