El derrumbe del edificio de la calle Rodríguez Arias se produjo en octubre de 2008. | Redacción Sucesos

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Doce años después de una de las mayores tragedias ocurridas en Palma, las aseguradoras discuten aún las indemnizaciones a las víctimas en los tribunales. La Audiencia Provincial confirma ahora la condena a dos de ellas a pagar 320.000 euros a una mujer cuyo marido, hermano y madre fallecieron en el derrumbe de un edificio en la plaza Serralta, en octubre de 2008. El desplome de un edificio provocó siete víctimas mortales, de las que tres eran familiares directos de esta mujer, que también residía allí y que no estaba en la vivienda esa madrugada.

Tras el accidente un juzgado de Instrucción abrió unas diligencias penales que terminaron en archivo: el magistrado concluyó que el derrumbe fue fortuito. Los muros de marés de la vivienda se deshicieron durante años sin que los vecinos se percataran. En ese momento una de las aseguradoras indemnizó de forma parcial a esta víctima con 100.000 euros, según el baremo de accidentes de tráfico. Tras el archivo de las diligencias penales, la mujer acudió a los juzgados de Primera Instancia para reclamar por daños morales, un concepto por el que no se le había indemnizado. El problema que surgió entonces es que el edificio no tenía constituida comunidad de propietarios con un seguro al que reclamar, de manera que la responsabilidad quedaba diluida entre los distintos seguros de cada una de las viviendas.

Daño moral

El juzgado de Primera Instancia concluyó que existía un daño moral: «La pérdida simultánea de las tres personas más allegadas en parentesco de la demandante, con quienes vivía, en forma y circunstancias en las que se produzco no necesita de muchas explicaciones para poder hacerse una idea de lo que supone el impacto para cualquier persona. De la noche a la mañana se vio privada de sus seres queridos, su casa, sus cosas, en definitiva, en la calle, con lo puesto y sin familia». Para valorarlo, recurre a los barremos para accidentes de tráfico, pero lo incrementa en un 50 por ciento. La Audiencia confirma ese criterio. También impone a las dos aseguradoras el pago de los intereses legales por el siniestro, aunque ambas pueden recurrir aún la sentencia de la Audiencia en casación ante el Tribunal Supremo.

Secuelas psíquicas durante años

La familia de la víctima contó en el juzgado la situación en la que se encontró tras el derrumbe en el que murieron sus tres familiares más cercanos. Se marchó de Mallorca, para intentar poner «tierra de por medio» con la tragedia. Su nueva pareja vivía en un séptimo y tuvieron que mudarse a un adosado. Se tiene que acostar antes de las doce de la noche para conciliar el sueño.