La prevención del maltrato infantil, es clave.

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El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso contra su expulsión que presentó una mujer condenada en 2013, junto con su pareja, por agredir sexualmente, maltratar y causar la muerte a la hija de ella, de 7 años, en su casa de la localidad murciana de Fortuna.

En su sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, el tribunal recuerda que en noviembre de 2021, en otra resolución que quedó firme al inadmitir el Supremo el recurso de esta mujer, ya se pronunció a favor de la expulsión, por lo que «procede ejecutarla y materializarla».

La sala de lo contencioso del TSJRM estima así el recurso que la Delegación del Gobierno presentó contra otra sentencia de un juzgado murciano que valoró las circunstancias personales y familiares de la mujer, natural de Ecuador, y se opuso a su expulsión. En concreto, ese juzgado tuvo en cuenta que tiene dos hijos, nacidos en España, que está casada con un español desde 2015 y que ha trabajado desde 2006.

El tribunal, no obstante, recuerda que los delitos por los que fue condenada en 2013 la mujer y su pareja y por los que cumplía prisión cuando presentó su recurso son «de suma gravedad, cometidos contra su propia hija y siendo coautor su pareja, lo que lo que difícilmente permite afirmar, como realiza la sentencia de instancia, que las circunstancias personales y familiares aconsejen la no expulsión».

La mujer, A.M.U., junto con su marido, fue condenada por la Audiencia Provincial de Murcia quince años y cinco meses de cárcel -que el Tribunal Supremo elevó después a veinte años- por los delitos de malos tratos habituales, lesiones en el ámbito familiar, agresión sexual y homicidio imprudente.

El tribunal consideró probado que la hija, que vivía con los abuelos maternos en Ecuador y llegó a España gracias a un proceso de reagrupación familiar, fue maltratada y golpeada de forma continuada por la pareja. En noviembre de 2008 le introdujeron violentamente un objeto desconocido en la vagina, produciéndole lesiones que causaron la peritonitis que finalmente acabó con su vida.

El tribunal considera que los hechos delictivos por los que fue condenada son de tal gravedad que procede su expulsión de España, por tiempo de diez años, como acordó la Delegación del Gobierno por estar irregularmente en el país, haber sido condenada por delitos graves y suponer «una amenaza grave para el orden público, la seguridad nacional o la salud pública»