El TSJIB impuso a Penalva y Subirán condenas de nueve años de prisión. | Alejandro Sepúlveda -

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Penalva y Subirán atacan la sentencia del TSJIB que les condenó a nueve años de cárcel a cada uno por coacciones y obstrucción a la Justicia. El exjuez y el exfiscal plantean al Tribunal Supremo 22 motivos para su absolución en un larguísimo recurso de cerca de 600 páginas en el que inciden en argumentos que ya plantearon en el juicio contra la actuación de Fiscalía y Policía Nacional en la investigación. Añaden otros nuevos que se centran en la sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del TJSIB. Acusan de incoherencia al órgano judicial en varios momentos al contraponer los argumentos de la sentencia con autos dictados durante la instrucción.

El recurso niega que, en el pero de los escenarios, Penalva y Subirán fueran más allá de una posible «incorrección disciplinaria» y alude a la vehemencia de ambos. Se centra en los tres episodios por los que condenó el TSJIB que describen cómo tres testigos o investigados fueron presionados para que cambiaran sus declaraciones en el propio despacho de Penalva. «Eso no es coaccionar, no es ejercer violencia o intimidación; en el pero escenario posible es una incorrección disciplinaria», dice sobre uno de los casos», dice sobre uno de los episodios, sufrido por el empresario Antoni Roig. Sobre la advertencia de ir a la cárcel a otro investigado formulada por Subirán lo enmarca en su vehemencia: «Incluso, si se prefiere, incorrecto en sus formas y expresiones, lo que podría ser en su caso merecedor de un reproche disciplinario, pero no de una condena penal con años de prisión». En otro pasaje similar sobre Penalva: «Es ser vehemente en la investigación, como lo son en muchísimas ocasiones los magistrados instructores o los fiscales cada día en los juzgados de España».

Sobre las detenciones de los padres y el hermano de Álvaro Gijón, consideradas coactivas por la sentencia, juez y fiscal se desmarcan. Lo mismo que manifestaron en el juicio, señalan que fueron decididas por los policías del Grupo de Blanqueo, también condenados en el caso: «La sentencia parece querer extender la responsabilidad a mis representados, de unas detenciones que son inequívocamente policiales».

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El recurso intenta separar también el papel de cada uno de ellos y sostiene que no se puede condenar a uno por lo que dijo el otro a un detenido, en especial respecto al entonces magistrado: «No es asumible semejante fundamentación de la sentencia, con respecto al Sr Penalva», manifiesta el abogado.

El resto del recurso abunda en todo lo que ya plantearon como cuestiones previas: la nulidad de la causa por la intervención de los móviles de dos periodistas, por la actuación del fiscal Juan Carrau o por la falta de indicios para detener al policía nacional en cuyo móvil se encontraron los grupos de whatsApp. Todos esos argumentos ya fueron rechazados por el TSJIB.