El primero de los juicios celebrados con relación a la macrocausa de la administración de la partida presupuestaria 31L de los fondos autonómicos, con la que eran financiados los citados ERE fraudulentos y ayudas directas y sin publicidad, fue precisamente el correspondiente al denominado como "procedimiento específico" mediante el cual fue orquestado el pago de todas estas subvenciones.
Aquel juicio, celebrado durante 2018 por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, se saldó con sentencia condenatoria para 19 de los 21 ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía encausados en el procedimiento, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, siendo impuesto al primero de ellos nueve años de inhabilitación especial por prevaricación y al segundo seis años y dos días de cárcel y 15 años y dos días de inhabilitación especial por delitos continuados de malversación y prevaricación.
Se trata, precisamente, de la sentencia sobre la cual el Tribunal Supremo se ha pronunciado ahora ante los recursos de casación interpuestos contra la misma.
El juicio de acyco
Después, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla resolvió el juicio celebrado entre septiembre y diciembre de 2020 por las subvenciones autonómicas concedidas a la empresa de Dos Hermanas Aceitunas y Conservas (Acyco), con cargo a la partida presupuestaria 31L de los fondos autonómicos, condenando a siete años y un día de cárcel al exconsejero socialista de Empleo Antonio Fernández y a cuatro años y un día de prisión al ex director general de Trabajo y Seguridad Social Juan Márquez, ambos ya condenados en la sentencia del "procedimiento específico".
Aunque las defensas de los ex altos cargos de la Junta enjuiciados por las ayudas a Acyco esgrimían el principio 'non bis in idem', que impide que un mismo hecho resulte sancionado más de una vez, y el criterio marcado en ese sentido por la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla respecto a las piezas separadas de los ERE; la Sección Tercera resolvió que los hechos juzgados sobre Acyco no habían sido "objeto de enjuiciamiento en el denominado procedimiento específico" juzgado por la Sección Primera con la sentencia ya descrita.
Respecto a Juan Márquez, por cierto, el Supremo ha estimado parcialmente su recurso de casación contra su condena en la sentencia del "procedimiento específico", reduciendo su pena al apreciar la atenuante de reparación del daño.
El sector del corcho de sevilla
El tercer juicio de esta macrocausa, celebrado este año respecto a las ayudas autonómicas a empresas vinculadas al sector del corcho, como Corchos y Tapones de Andalucía (Cortansa), Corchos de Cazalla, Servicios y Mantenimiento de Cazalla, Enoworld y Corchos Higuera, con cargo a la partida presupuestaria 31L de la Junta de Andalucía, fue celebrado por la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla y se saldó con la condena a un año, seis meses y un día de cárcel y a tres años y un día de inhabilitación absoluta a Ángel Rodríguez de la Borbolla, hermano del expresidente socialista de la Junta José Rodríguez de la Borbolla y exalcalde socialista de Cazalla de la Sierra.
El cuarto juicio de esta macrocausa fue celebrado también este año, pero por la Sección Primera de la Audiencia, a cuenta de las ayudas autonómicas a la empresa Novomag Manufacturas Metálicas, con sede social en La Línea de la Concepción (Cádiz) y cuyos responsables fueron sometidos a juicio.
Y el quinto juicio de esta macrocausa fue celebrado el pasado mes de junio por la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla contra el empresario Carles Valdellós Blanch, responsable de la sociedad Nerva Croissant, con sede en la citada localidad onubense, por subvenciones también con cargo a la partida presupuestaria 31L de los fondos autonómicos.
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