El Boletín Oficial de Aragón ha publicado este martes, 18 de abril, las órdenes correspondientes a la convocatoria de ayudas al fomento de actividades culturales organizadas por las librerías para el ejercicio 2023 y la relativa a las ayudas a proyectos editoriales para el mismo periodo.
Por lo que respecta a la primera, se ha dispuesto un presupuesto de 18.000 euros y el procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva. Los beneficiarios podrán ser aquellas librerías que, formalmente constituidas como empresas y con domicilio social en Aragón, tengan como actividad principal la venta de libros y dispongan de un establecimiento físico, abierto al público en general.
Además, los solicitantes de las ayudas deberán acreditar el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que les hayan sido concedidas para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores, así como estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
En cuanto a las actividades subvencionables, se consideran aquellas destinadas al fomento de programas de promoción de la lectura y difusión del libro y de los autores aragoneses o de fuera de la comunidad autónoma mediante presentaciones, encuentros o actividades similares.
Los solicitantes podrán presentar cuantos proyectos consideren que reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, siempre que estén realizados y pagados entre el 14 de noviembre de 2022 y el 13 de noviembre de 2023.
Por lo que respecta a la cuantía de las ayudas para cada librería, independientemente del número de proyectos que se subvencionen, no podrá ser inferior a mil euros, ni superior a 4.000.
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Cultura, presentándose electrónicamente. El plazo es de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la orden en el BOA.
Ayudas a proyectos editoriales
La convocatoria de ayudas a proyectos editoriales en Aragón tiene por finalidad promover los proyectos de las empresas editoriales y de las entidades sin ánimo de lucro, con sello editorial, con domicilio en la comunidad autónoma, que se caractericen por su interés y su destacada aportación a las letras y a la cultura aragonesa, así como apoyar la creación e investigación de los autores aragoneses.
Para ello, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, impulsor de la convocatoria, que se resolverá a través de un procedimiento de concurrencia competitiva, destinará un presupuesto de 175.000 euros.
Por lo que respecta a los beneficiaros de las ayudas, podrán concurrir tanto personas físicas, como jurídicas, y las entidades sin ánimo de lucro, que han de acreditar el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que les hayan sido concedidas para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores, además de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Se consideran actividades subvencionables los proyectos editoriales que sean primera edición o títulos en los que hayan pasado cinco años desde esa primera edición.
Los solicitantes podrán presentar cuantos proyectos consideren que reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, con el compromiso de que la tirada mínima de la edición, que será de 500 ejemplares, se realice antes de que finalice el plazo de justificación de la subvención.
Exclusiones
Quedan excluidos de las ayudas reguladas los proyectos editoriales promovidos o editados por instituciones públicas, aun cuando sean encargos realizados a editoriales de carácter privado; y los promovidos por instituciones sin ánimo de lucro, salvo en el supuesto de que tengan constituido legalmente el sello editorial, acreditado con el alta como editor en el Impuesto de Actividades Económicas y con la asignación de número o código de editor por la Agencia Española del I.S.B.N.
Tampoco pueden presentarse los proyectos relacionados con los libros de texto para la enseñanza, las obras en fascículos, las editadas por sus autores, los catálogos de exposiciones y los libros no venales; los anuarios, publicaciones periódicas y separatas; las reimpresiones, considerando como tales la mera repetición de la impresión sin más novedad que la corrección de erratas, y los volúmenes sueltos que formen parte de una obra completa que no se comercialicen por separado.
En cuanto a la cuantía individualizada de la subvención, no podrá ser inferior a 500 euros, ni superior a 2.500 euros por proyecto editorial. La cuantía de todas las subvenciones o ayudas para la misma finalidad no podrá superar el 80% del presupuesto subvencionable del proyecto.
El importe global que podrá percibir por cada editorial no deberá superar el 10% del presupuesto total destinado para las ayudas al sector editorial en la convocatoria de 2023, que asciende a 175.000 euros.
Al igual que en el caso de la convocatoria de ayudas al fomento de actividades impulsadas por las librerías, en este caso el plazo de presentación de las solicitudes es de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta orden en el BOA.
Ayudas a la producción audiovisual
El Boletín Oficial de Aragón ha publicado también este martes, 18 de abril, las ayudas a la producción audiovisual de 2023 para la realización de cortometrajes, mediometrajes y largometrajes por empresas del sector audiovisual.
Por lo que respecta a las ayudas para la realización de cortrometrajes, se concederán por una cuantía de 45.000 euros. De esta cantidad, se reservan 15.000 euros a los cortometrajes con una duración menor a 30 minutos, realizados por un director novel (empresario individual) o por una productora con menos de dos años de antigüedad, ambos con domicilio social en Aragón y que no hayan registrado anteriormente ninguna producción audiovisual en algún depósito legal.
Los otros 30.000 euros serán para cortometrajes con una duración menor de 30 minutos, realizados por empresas del sector audiovisual con domicilio social en Aragón, tanto empresario individual que con anterioridad a la finalización del plazo de solicitud de esta convocatoria haya realizado y registrado alguna producción audiovisual en cualquier depósito legal, como empresa productora con más de dos años de antigüedad o que haya registrado alguna producción audiovisual en cualquier depósito legal.
En ambas modalidades, la solicitud de subvención será para el proyecto completo, debiendo estar terminado el cortometraje y registrado en un Depósito Legal a fecha 13 de noviembre de 2023.
En cuanto a las ayudas a la producción audiovisual para la realización de mediometrajes o largometrajes, se destinan a empresas del sector con domicilio social en Aragón, con una duración de 30 a 60 minutos --mediometraje-- o superior a 60 --largometraje--, pudiendo ser de ficción, documentales o de animación.
Las modalidades que contempla la convocatoria son ayudas para desarrollo de proyectos, es decir, para todas aquellas actividades previas al inicio del rodaje y necesarias para la correcta realización del mismo destinadas a preparar y diseñar un mediometraje o largometraje; y ayudas a la producción y postproducción. Las solicitudes pueden ser para una de las dos fases o para ambas.
Esta convocatoria cuenta con un presupuesto de 648.830 euros. De esta cantidad, 140.000 son para la modalidad de ayudas para desarrollo de proyectos y 508.830 para producción y postproducción.
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