La presidenta de la Comunidad de Madrid y del Partido Popular de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, interviene durante su visita la localidad de Ciempozuelos, a 17 de abril de 2023, en Ciempozuelos, Madrid (España). Durante su visita a Ciempozuelos, Ayuso ha visi | Gustavo Valiente - Europa Press

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La Junta Electoral de Madrid ha tumbado lo que considera «propaganda» de la presidenta de la Comunidad de Madrid y candidata del PP a la reelección, Isabel Díaz Ayuso, por promover el voto por correo antes de la campaña electoral que comienza el 12 de mayo.

Así lo determina a raíz de una denuncia presentada por el PSOE, adelantada por 'El Plural' y a la que ha tenido acceso Europa Press, por el reparto de folletos informativos en distintos municipios de la Comunidad de Madrid, en concreto en Alcalá de Henares y en la ciudad de Madrid, con «evidentes fines electorales».

Los folletos están compuestos por una cara que muestra
una foto de Ayuso, acompañada del candidato o candidata a alcalde de cada una de las localidades y el logo del PP, junto con el lema 'España entre todos'. Además, en estos panfletos se explica cómo es el procedimiento para votar por correo.

Ante esto, la Junta Electoral considera que la imagen destacada de las candidatas, unida además a la explicación del voto por correo, permite «asociar visualmente ambos elementos y entender implícitamente que se trate de una llamada al voto a ese candidato».

Aun cuando no se pida explícitamente el voto, la inclusión de la fotografía y del procedimiento para ejercer el voto por correspondencia permite, a su parecer, «conectar fácilmente ambos aspectos de la publicidad». Así, la Junta Electoral Provincial estima que esto implica un acto de propaganda electoral «prohibido por el artículo 53 de la LOREG y la Instrucción 3/2011 de la Junta Electoral Central».

En consecuencia, acuerdan declarar «contrario a la normativa electoral el acto denunciado» y requieren al PP para que proceda a retirar las fotografías de las candidatas en los impresos para promover el voto por correo hasta el comienzo de la campaña electoral.

Advierte, asimismo, a los infractores de que «en caso de reincidir en su conducta contraria a la normativa electoral, se procederá a incoar el correspondiente expediente sancionador».