Río Turia a su paso por Riba-roja de Túria (Valencia) | AYUNTAMIENTO DE RIBA-ROJA DE TÚRIA

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El pleno del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria (Valencia) ha aprobado el reglamento de utilización de las zonas de esparcimiento del río Turia que son competencia municipal y en el que quedan reguladas todas aquellas acciones o actitudes que pueden provocar problemas de convivencia. La norma, que tipifica de forma «pormenorizada» las infracciones y las sanciones para aquellas personas que lo infrinjan, prevé sanciones con hasta 600 euros el vertido de productos contaminantes al río.

El objetivo del reglamento de utilización de las zonas de esparcimiento del río Turia es «fomentar la concienciación, la convivencia y la gestión eficaz» del dominio público hidráulico en el dominio territorial y con especial atención a las normas de higiene en las zonas de baño, los emplazamientos de actividades, la presencia de animales, la pesca, la práctica de juegos y los deporte o la circulación de vehículos en la zona, ha incidido el consistorio en un comunicado.

Con la finalidad de convertir la zona del río de ámbito municipal en un lugar «de encuentro y convivencia durante todo el año para todos los ciudadanos, para su disfrute y su bienestar», el pleno del Ayuntamiento ha dado luz verde a este reglamento que apuesta por regular la seguridad ciudadana, la salud pública y la protección del medio ambiente.

El reglamento fija la temporada de baño desde el 1 de junio hasta el 1 de octubre de cada año, excepto modificación «puntual o excepcional». Además, se añaden a estas fechas la semana de Fallas, Semana Santa, el puente de San Vicente y el del 9 d'Octubre, así como días o fines de semana fuera de temporada reglamentados previamente. Además, se acotarán las zonas exclusivas aptas para el baño y, por tanto, la prohibición en resto de tramos.

Asimismo, se regula la presencia de los animales de compañía en las áreas recreativas del río Turia, que deberán circular correctamente atados por parte de su propietario y con un bozal aquellos que sean considerados como perros potencialmente peligrosos.

Los propietarios de los animales deberán impedir que los perros o animales de compañía realicen sus deposiciones en el río o zonas adyacentes, en cuyo caso deberán recoger y retirar los excrementos en los depósitos habilitados al efecto.

El reglamento municipal regula también la circulación de vehículos por las zonas cercanas al río, que no podrán estacionar en toda la zona no urbana de esparcimiento a menos de 100 metros del agua, excepto en la zona habilitada, mientras que las acampadas también se prohíben durante todo el año y «a cualquier hora», la instalación de tiendas de campaña, así como las acampadas en todas las zonas del río y adyacentes.

La contaminación acústica centra otros de los aspectos recogidos en el reglamento, ya que los aparatos de radio, casetes, discos compactos o instrumentos musicales deberán ser usados con auriculares en las zonas del río.

Multas

En caso de infringir este precepto se considerará una infracción leve y, por tanto, podrá aplicarse una sanción de hasta 75 euros en total. Esta misma sanción se aplicará por el uso de jabones, detergentes, incumplir las normas de limpieza por parte de los usuarios y visitantes del río o dejar instalados parasoles.

Las infracciones graves llevarán una sanción de entre 75 y 150 euros por estacionar vehículos a menos de 10 metros del agua, hacer fuego en el río o zonas adyacentes, limpiar enseres de cocina en el agua, uso de aparatos sonoros o instrumentos musicales en el río o zonas adyacentes o el depósito en contenedores de materiales de combustión por parte de los usuarios, entre otros.

Por último, las infracciones muy graves comportarán una sanción económica que oscilará entre los 150 y los 600 euros, entre las que cabe destacar el vertido y depósito de materiales que puedan producir contaminación y riesgo de accidentes, realizar una ocupación con instalación fija o desmontable sin autorización o provocar un impacto negativo sobre la fauna y la flora, entre otros.

El alcalde de Riba-roja de Túria, Robert Raga, ha considerado que este reglamento es «un instrumento necesario para regular las situaciones que se pueden producir en las zonas de esparcimiento del río que son competencia municipal», por cuanto servirán para facilitar «la buena convivencia entre las personas, al mismo tiempo que protegerán toda la flora y la fauna existente en esta área tan querida por todos los vecinos y las vecinas».