La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo ha convocado para este año un nuevo programa de subvenciones para entidades que impartan acciones de Formación Profesional para el Empleo, dirigidas preferentemente a personas desempleadas y gratuitas. Para toda la comunidad autónoma contarán con 20 millones de euros de presupuesto, de los que 2.472.000 euros están destinados a la provincia de Granada, y permitirán a los alumnos participantes acceder a certificados profesionales entre unas 400 especialidades.
La convocatoria publicada este miércoles en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (https://juntadeandalucia.es/boja/2024/17/1) de estas subvenciones, que son en régimen de concurrencia competitiva, establece que el plazo para presentar las solicitudes se abre este jueves y se extenderá durante 20 días naturales.
Precisamente para informar de estas nuevas ayudas, el delegado de Empleo, Javier Martín, se ha reunido en la sede de la CGE con los principales responsables de la Confederación Española de Empresas de Formación, el presidente nacional, Félix Martín, el presidente regional, Antonio Naranjo, y la delegada provincial Mónica Rodríguez.
Martín ha explicado que pueden solicitar estas subvenciones las entidades de formación públicas y privadas que dispongan de instalaciones en la comunidad autónoma andaluza, o de plataforma tecnológica para teleformación, debidamente inscritas o acreditadas en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y en el Registro Estatal de Entidades de Formación, según su modalidad, de cada una de las especialidades formativas solicitadas.
En el caso de la modalidad de teleformación y mixta, deberán disponer de centros en Andalucía para la realización de las horas presenciales correspondientes. También deberán garantizar que disponen de los recursos humanos adecuados y de los medios materiales necesarios para llevar a cabo la actividad para la que se solicita la subvención.
Novedades
Entre las novedades que se pueden destacar en esta convocatoria, están una mejora en el pago a las entidades para que tengan que asumir menos costes de financiación. Si antes se abonaba como anticipo el 50 por ciento de la acción formativa, ahora se abonará el pago anticipado del 70 por ciento y un 30 al finalizar la acción formativa.
También se incluye un anexo con las especialidades concretas sobre las que se pueden impartir las acciones formativas para obtener los certificados de profesionalidad, con los datos concretos de coste, número de alumnos y horas formativas. Este anexo cuenta con alrededor de 400 especialidades que están entre las más demandadas por el mercado laboral.
Igualmente, se ha implantado el régimen de módulos para obtener el coste económico de cada acción formativa de forma objetiva, así como para facilitar la justificación de la impartición de los cursos.
Está basado en el Informe técnico «Obtención del baremo de costes unitarios de las acciones de formación profesional para el empleo de la Junta de Andalucía», realizado por la entidad ESI SL, en agosto de 2023, conforme a criterios objetivos que atienden, entre otros aspectos, a los valores medios de mercado de los distintos componentes de los costes de la actividad formativa, en función de la especialidad formativa y de la modalidad de impartición.
Beneficiarios
Las acciones formativas irán dirigidas prioritariamente a desempleados mayores de dieciocho años e inscritos en el Servicio Andaluz de Empleo, pero también podrán participar trabajadores ocupados en un porcentaje máximo del 30% por cada acción formativa, siempre que no haya inscripciones de personas en situación de desempleo que hayan sido admitidas.
Deberán iniciarse en un plazo máximo de dos meses desde la publicación de la resolución de concesión de la subvención, y se desarrollarán asimismo en un plazo máximo de doce meses.
La subvención cubrirá costes directos e indirectos, como las retribuciones del personal formador y tutor-formador; los gastos de amortización de equipos didácticos y plataformas tecnológicas, así como el alquiler o arrendamiento financiero de los mismos; los gastos de medios didácticos, así como los gastos en bienes consumibles utilizados en la realización de las acciones formativas.
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