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La sección cuarta de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha declarado nulos siete puntos del decreto del Consell (2022) por el cual se regula la adopción y el reconocimiento de los pactos territoriales por la ocupación y desarrollo local participativo y sostenible de la Comunitat. Estima que se ha vulnerado la libertad sindical al excluir a la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) de los pactos.

Así se desprende de la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el tribunal estima parcialmente el recurso interpuesto por CSIF contra el decreto y declara la nulidad de siete puntos --en los que se impide la participación del sindicato--.

CSIF justificaba su recurso en que el Consell circunscribió los acuerdos únicamente con UGT y CCOO y alegaba que excluir a otras fuerzas sindicales resultaba «lesivo» a los derechos de igualdad y libertad sindical reconocidos en los artículos 14 y 28.1 de la Constitución Española. Recalcaba en su recurso que no constituía una situación «objetiva ni razonable».

El tribunal, tras estudiar el caso, advierte de que el decreto no había tenido en cuenta la doctrina de varias sentencias del TSJCV que «dejaron bien patente» que la participación sindical en los pactos territoriales «no podía quedar constreñida exclusivamente a los sindicatos más representativos».

«Nos atenemos a lo ya resuelto por la Sala en la sentencia que recayó en la causa 122/2023 donde se enjuicia idéntica pretensión con relación al decreto impugnado en ésta, la cual debemos seguir por razones de coherencia, unidad de doctrina y seguridad jurídica», apostilla.

Así, aplicada la doctrina --señala--, se considera «discriminatorio» el criterio de la mayor representatividad tal como se ha empleado para participar en el pacto para el empleo, pues la intervención sindical excede de lo que es la representación institucional.

Y, ello, por dos motivos principales --indica la Sala--: el primero, «porque no hemos de olvidar que, según el Preámbulo, 'con la aprobación del presente decreto, el Consell pretende avanzar un paso más en el fomento de los pactos territoriales, como figura clave del dialogo social y de las políticas territoriales', de las que no puede excluirse por ello a los sindicatos que no tengan la condición de más representativos».

En segundo lugar, el TSJCV indica que no sólo se requiere la presencia en los pactos territoriales de empleo por razón de su materia a CSIF, «sino que si se observa la configuración de los mismos en el decreto impugnado, resulta que nos encontramos ante la creación con ellos de un espacio deliberativo de participación, donde no se ejerce una función meramente representativa por parte de los sindicatos, lo que no impide por ello la participación de los sindicatos que no sean los más representativos», subraya.

Por ello, el tribunal estima en parte el recurso de CSIF y declara la nulidad de siete puntos. De este modo, declara su legitimidad para formar parte de los pactos territoriales por la ocupación y desarrollo local participativo y sostenible de la Comunitat Valenciana.