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El Gobierno de Aragón ha fijado las fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles para el año 2025 en la Comunidad Autónoma, a las que se añadirán hasta dos más, de carácter local, a propuesta de cada ayuntamiento.

Este próximo año, los festivos correspondientes a Jueves y Viernes Santo serán los días 17 y 18 de abril y el 13 de octubre lunes, en sustitución al día 12, Fiesta Nacional de España.

El resto de festivos se mantienen en los días 1 y 6 de enero, 23 de abril, 1 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre y 6 y 25 de diciembre.

El Estatuto de los Trabajadores y la normativa que lo desarrolla determina que las comunidades autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos --de los cuales dos son locales--, pueden señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias.

En este sentido, el Estatuto de Autonomía establece que el día de Aragón es el 23 de abril, conmemoración de San Jorge, siendo festivo en todo nuestro territorio a todos los efectos, incluidos laborales.

Las comunidades también pueden trasladar al lunes inmediatamente posterior el descanso laboral correspondiente a las fiestas que coincidan con domingo. Así ocurre el próximo año con la festividad del 12 de octubre, que se traslada al 13.