La ley de cooperación para el desarrollo, elaborado por la
Conselleria de Benestar Social y cuyo borrador ha sido entregado a
todos los socios del Pacte, pretende que el Govern elabore cada
cuatro años un plan director para marcar las prioridades de las
ayudas que debe conceder el Govern a los países del Tercer Mundo.
El Parlament deberá aprobar a principio de legislatura el plan
director de cooperación. El borrador de la ley señala que «el plan
director, de duración cuatrianual, debe ser elaborado por el Govern
en los primeros seis meses de la legislatura, y debe contener las
líneas generales y las directrices básicas de la política de
cooperación para el desarrollo de la Administración autonómica de
Balears».
«Estos planes "dice el borrador de la ley de cooperación" deben
contener los objetos y prioridades y también los recursos
presupuestarios indicativos que orientarán la actuación de la
cooperación para el desarrollo durante su período de vigencia».
Dicho plan director debe ser aprobado por el Parlament a propuesta
del Govern, y con informe previo del Consell de Cooperació al
Desenvolupament y de la Comissió Interdepartamental d'Acció
Exterior. Los planes anuales deben desarrollar los objetivos, las
prioridades y los recursos establecidos en el plan director. Estos
planes deben contemplar los mecanismos y los criterios básicos para
medir el impacto de la ayuda, evaluar y ejecutar estos planes y
justificar y controlar el gasto, según propone el borrador de la
ley de cooperación.
El texto establece que los objetivos de la cooperación para el
desarrollo tiene como finalidad básica colaborar con los países más
pobres del mundo, promoviendo mayores garantías de estabilidad y
participación democrática. La cooperación para el desarrollo
pretende impulsar la pobreza y, sobre todo, facilitar el acceso
efectivo de bienes y servicios requeridos para satisfacer las
necesidades humanas básicas. Además, el objetivo es dar apoyo a los
pueblos beneficiarios para que consigan un desarrollo humano,
integral y sostenible a partir de sus propias capacidades, y que
sea respetuoso con el medio ambiente.
La ejecución de la cooperación debe regirse por los criterios de
actuación siguientes: coordinación con la acción del resto de
administraciones públicas españolas, las administraciones de otros
países y, en especial, entre las administraciones de Balears, así
como la corresponsabilidad entre los agentes de cooperación de
Balears y los agentes sociales de los países donde se interviene,
entre otros objetivos.
Para la mejor consecución de los fines y la mayor eficiencia de
los recursos, las administraciones de Balears debe potenciar
especialmente la realización de actuaciones conjuntas o en régimen
de cofinanciación, y pueden desarrollar programas o proyectos
comunes con aportaciones de fondos para las distintas
administraciones participantes. Una disposición adicional del
borrador de la futura ley de cooperación también establece la
posibilidad de establecer nuevos incentivos fiscales para las
organizaciones no gubernamentales al desarrollo, al margen de los
beneficios que ya fija el Gobierno central.
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