Hace unos días, la ONU aprobó un «proyecto de normas sobre las
responsabilidades de las empresas multinacionales en la esfera de
los derechos humanos» que será posteriormente remitido a la
Asamblea General de la organización con el fin de que, tras su
aprobación, se convierta en una convención internacional. En el
texto del proyecto se afirma el derecho a la igualdad de
oportunidades y a un trato no discriminatorio para quienes aspiren
a conseguir un empleo en las compañías transnacionales,
descartándose así toda condición que no guarde relación con la
capacidad de una persona para desempeñar su trabajo.
Las empresas no podrán rechazar trabajadores por motivos de
raza, sexo, religión, opinión política, nacionalidad, condición
social, edad o discapacidad. De la posible obligación de las
compañías a acatar una serie de normas se empezó a hablar en el
Foro de Davos, en 1999, debatiéndose un proyecto inicial al año
siguiente en la Cumbre del Milenio celebrada en Nueva York. Pero ha
sido ahora, por iniciativa del secretario general de la ONU, Kofi
Annan, cuando el proyecto ha tomado realmente cuerpo, habiéndose
logrado hasta ahora el compromiso de 50 grupos multinacionales. La
idea es positiva y responde a la necesidad de acabar de una vez por
todas con prácticas tan irracionales como la utilización de la mano
de obra infantil, el despido arbitrario, o el establecimiento de
sueldos irregulares en función del calado social del
trabajador.
Ahora se trataría de ver hasta qué punto pueden concretarse unos
cauces que hagan posibles la presentación de querellas contra las
multinacionales sospechosas de haber vulnerado el citado código y
en caso de ser halladas culpables se dispongan las sanciones y
reparaciones correspondientes. Ya que si no se cuentan con medios
de probada eficacia legal, cualquier esfuerzo será en vano.
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