La empresa promotora del campo de polo no podrá desarrollar el
proyecto tal y como se aprobó antes de que el Govern de Francesc
Antich lo desclasificara. La redacción del proyecto de ley que ya
se está tramitando en el Parlament impide que este proyecto se
ejecute como estaba redactado.
La imposibilidad de realizar este proyecto se debe a una
cuestión urbanística. El proyecto de ley que Mabel Cabrer
restablece la vigencia, a todos los efectos y en el ámbito
territorial de estos terrenos, «de lo que disponen las normas
subsidiarias de planeamiento del municipio de Campos, en el momento
de la aprobación definitiva, el 7 de junio de 1991».
La fecha de 1991 es sustancial, ya que el Ajuntament de Campos
se vio obligado a cambiar estas normas subsidiarias en 1998
precisamente para adaptarlas al proyecto del campo de polo.
Las normas de 1991 definían unas normas de ordenación de los
terrenos según las cuales el 70 por ciento del millón de metros
cuadrados se destinaba a usos deportivos privados, un 10 por ciento
a zonas verdes públicas y, el 20 por ciento restante, a zona
residencial y turística. Es en este 20 por ciento donde se
concentrarían los 2.000 habitantes que permitía el planeamiento
municipal.
Sin embargo, la modificación que realizó después el Ajuntament
de Campos variaba sustancialmente estos parámetros. El porcentaje
destinado a usos privados deportivos pasó del 70 al 20 por ciento y
el porcentaje destinado a la edificación pasó del 20 al 70 por
ciento. El plan parcial que incluía el campo de golf, una
urbanización para 2.000 habitantes y un hotel de lujo se redactó
basándose en estos parámetros.
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