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La empresa promotora del campo de polo no podrá desarrollar el proyecto tal y como se aprobó antes de que el Govern de Francesc Antich lo desclasificara. La redacción del proyecto de ley que ya se está tramitando en el Parlament impide que este proyecto se ejecute como estaba redactado.

La imposibilidad de realizar este proyecto se debe a una cuestión urbanística. El proyecto de ley que Mabel Cabrer restablece la vigencia, a todos los efectos y en el ámbito territorial de estos terrenos, «de lo que disponen las normas subsidiarias de planeamiento del municipio de Campos, en el momento de la aprobación definitiva, el 7 de junio de 1991».

La fecha de 1991 es sustancial, ya que el Ajuntament de Campos se vio obligado a cambiar estas normas subsidiarias en 1998 precisamente para adaptarlas al proyecto del campo de polo.

Las normas de 1991 definían unas normas de ordenación de los terrenos según las cuales el 70 por ciento del millón de metros cuadrados se destinaba a usos deportivos privados, un 10 por ciento a zonas verdes públicas y, el 20 por ciento restante, a zona residencial y turística. Es en este 20 por ciento donde se concentrarían los 2.000 habitantes que permitía el planeamiento municipal.

Sin embargo, la modificación que realizó después el Ajuntament de Campos variaba sustancialmente estos parámetros. El porcentaje destinado a usos privados deportivos pasó del 70 al 20 por ciento y el porcentaje destinado a la edificación pasó del 20 al 70 por ciento. El plan parcial que incluía el campo de golf, una urbanización para 2.000 habitantes y un hotel de lujo se redactó basándose en estos parámetros.