La titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de
Palma, Carmen Frígola, ha dictado una sentencia por la cual estima
un recurso presentado por M.V.C. en contra de un Decreto del
Ajuntament de Palma, de 10 de septiembre de 2002, que iniciaba el
expediente de retirada de la vía pública de un quiosco de prensa y
ocupación de mesas y sillas del hostal Términus, situados en la
Plaça d'Espanya de Palma. La juez deja sin efecto el Decreto y
declara que «la recurrente dispone de título legítimo para la
ocupación de las citadas superficies y que la ejerce de forma
pública, notoria, pacífica y ancestral».
Los servicios jurídicos del Ajuntament de Palma iniciaron el
expediente de desalojo contra la inquilina al entender que no
disponía de licencia de ocupación de la vía pública ni de concesión
administrativa. Además, alegaron «razones de interés público» al
«reordenarse aquel espacio con ocasión de las obras realizadas en
la Plaça d'Espanya y en el Parc de ses Estacions».
Según la sentencia, para el éxito de la acción que pretende la
Administración se exigen dos requisitos: Que quede claramente
acreditado que el lugar objeto de autos, esto es, el suelo que
ocupa la marquesina del bar terraza y el quiosco de prensa que
explota la recurrente, es de titularidad municipal en la
actualidad. Y que la ocupación realizada sea ilegítima. La juez
señala que ambos requisitos no se cumplieron.
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