TW
0

M.G./EUROPA PRESS
Una sentencia del Tribunal Supremo ha resuelto que las comunidades autónomas pueden negar las subvenciones para los colegios concertados que separen a los alumnos por género, partiendo de que el sistema de enseñanza mixta, en el caso de este tipo de centros, es «una manifestación o faceta más de esa competencia sobre la admisión del alumnado que corresponde a la administración educativa que financia dichos centros», es decir, la autonómica, según el texto de la sentencia, de la que ayer informó El País.

La sentencia resuelve positivamente un recurso de casación presentado por la Junta de Castilla-La Mancha en noviembre de 2004 contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad que permitía esa posibilidad y que ahora queda anulada.

En Balears actualmente no existe ya ningún centro concertado esclusivamente masculino o femenino, como sí ocurría hace algunos años. Pero esta segregación de sexos sí se da en los colegios de la Fundación Educación y Familia, vinculados al Opus Dei, que este curso se han puesto en marcha en el Parc Bit -Llaüt, de educación Infantil y mixto; Aixa y Aladern, femenino y masculino respectivamente- y a los que el actual Govern ha denegado por dos veces el concierto educativo, aunque sin apelar directamente a la segregación de alumnos.

La Conselleria d´Educació calificó ayer de «muy positiva» esta sentencia del Supremo. «Desde el Govern defendemos una educación igualitaria, sin diferencias entre sexos y, por tanto, nos mostramos contrarios a esos movimientos que abogan por la separación entre niños y niñas. Este es un tema ya superado», se afirmó.

Cabe recordar que existe otra sentencia del Supremo, en este caso de julio de 2006, en respuesta a un recurso presentado por UGT en Asturias, en la que Tribunal afirmaba que la enseñanza separada por sexos no es discriminatoria, pero no entraba a valorar si esta clase de centros tienen derecho o no a solicitar el concierto. A este fallo se agarró la propiedad de los centros del Parc Bit cuando el pasado año surgieron voces críticas en contra de la concesión del concierto solicitado. La nueva sentencia, en cambio, defiende el derecho de las comunidades a decidir si exijen o no la educación mixta a la hora de conceder el concierto.

El gerente de los colegios del Parc Bit, Juan José Ferrando, reconoció que «este fallo no es una buena noticia para nosotros y nos parece discriminatorio, porque nuestros colegios desarrollan un modelo educativo aprobado que, además, está dando muy buenos resultados».

Ferrando confía en el recurso que presentará la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE), entidad a la que están asociados los colegios del Parc Birt.