Los centros penitenciarios disponen de enfermería, donde se atiende a los reclusos. Sin embargo, son relativamente frecuentes los traslados a Son Espases y otros centros hospitalarios en casos en los que es necesaria una atención más especializada. | Alejandro Sepúlveda

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Una sentencia del Supremo ahorra a la Comunitat más de 600.000 euros que estaban en juego en dos decenas de procedimientos en los tribunales a cuenta de quién tiene que pagar la sanidad de los presos en las cárceles de Baleares. La Abogacía del Estado ha desistido de los recursos que había interpuesto contra el Govern que giraba de forma habitual a Instituciones Penitenciarias las facturas de los tratamientos que reciben reclusos en Son Espases y otros centros hospitalarios.

La resolución del Tribunal Supremo, dictada a finales del pasado mes de marzo, resolvía dos casos similares al de Baleares pero que enfrentaban a otras comunidades autónomas: Madrid y Andalucía. El Ministerio del Interior negaba que tuviera que abonar el tratamiento de los presos porque sostenía que éstos están dados de alta en la Seguridad Social y que, por lo tanto, deben beneficiarse del sistema nacional de salud, que costean las comunidades autónomas. El Supremo, sin embargo, da la razón a las autonomías. La sentencia establece que existe una «sujeción especial» que vincula a los internos con la Administración y que la legislación penitenciaria establece una obligación de garantizar la salud de los reclusos. Además, apunta a que no existía precepto alguno que vinculara esa inscripción en la Seguridad Social con la atención sanitaria.

Los tribunales superiores de Justicia habían dictado sentencias en sentidos opuestos sobre estos casos. La Sala de lo Contencioso de Baleares se alineaba en la misma dirección que lo ha hecho el Supremo y ya había desestimado algunos recursos planteados por el Estado contra las resoluciones que emitían las facturas contra Instituciones Penitenciarias. Con todo quedaban todavía en torno a una treintena de asuntos pendientes de resolver, bien por el TSJB, bien de recursos ante el Tribunal Supremo.

Una vez que ha quedado un criterio fijado por parte de la Sala, la Abogacía desistirá de esos asuntos pendientes y el Estado abonará las facturas del IB-Salut. Los contenciosos se han planteado en las comunidades autónomas en las que no existe un convenio entre Instituciones Penitenciarias y los servicios de salud para afrontar la sanidad de la población reclusa. En esas comunidades se reparte el pago de las facturas entre ambas administraciones. En Baleares no existe un acuerdo en este sentido y, por tanto, pagará el Estado.