El denunciante tenía tres pequeñas reclamaciones por impagos de una compañía de suministro eléctrico. Entre las tres suman en torno a 180 euros y, la más alta de ellas era de 94,54 euros. La compañía derivó el cobro a una empresa especializada en gestión de cobros con sede en Madrid. Esta puso en marcha la maquinaria y, a partir de 21 de abril de 2017 y hasta julio de 2018, sus empleados bombardearon por teléfono para exigir esas cantidades, una práctica habitual de este tipo de empresas.
En esta ocasión la víctima de las llamadas decidió poner una denuncia y se tramitó un juicio por un posible delito leve de coacciones en un juzgado de Instrucción de Palma. El denunciante apuntaba a una responsabilidad penal personal de una de las trabajadoras de la empresa y a la propia mercantil como autores de un delito de coacciones. Sin embargo, la primera sentencia les absolvió a ambos porque no consideró demostrada la comisión del delito por falta de pruebas respecto a la empleada. El supuesto deudor recurrió la sentencia ante la Audiencia. Solicitaba que se condenara a la empresa que hizo las llamadas.
La magistrada encargada de la apelación lo deniega. Vuelve a rechazar la condena de la empleada porque «no se ha acreditado que ella hubiese ordenado o realizado esas comunicaciones ni que tuviese el dominio del hecho». Respecto a la empresa, recuerda que las coacciones no pueden ser cometidas por una persona jurídica que responden por un catálogo «cerrado».
En todo caso, la resolución de la Audiencia sí señala que es posible la existencia de una responsabilidad administrativa o civil por parte de la empresa que reitera ese tipo de llamadas. Así confirma de manera íntegra la resolución de la magistrada de Instrucción.
La actuación de empresas de recobro y su contratación por parte de compañías eléctricas, de telefonía y de otros servicios se ha extendido en los últimos años. Esas empresas se hacen con paquetes de deuda e intentan cobrar. La táctica es la insistencia sin fin.
15 comentarios
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Buenos días. Y yo pregunto sería delito acosar a una persona que no tiene deudas. Porque es mi caso, me llaman y envian mensajes reclamandome deudas de terceras personas. ¿Pdría denunciarlos? ¿Sería delito? Si alguien me puede informar, se lo agradeceria Gracias.
Buena tarde, tan solo me gustaría que para dar relevancia a la nota o dar contexto de la misma, agregaran más información como el nombre de la empresa o el lugar de los hechos. Muchas gracias por la nota.
Si el juez que ha dictado Esta sentencia estuviera en el puesto de las personas que reciben este tipo de llamadas, creo que lo vería de otra forma. Mi caso es Kafkiano: hace un año di de baja un seguro que no quería tener con Endesa. No quisieron darlo de baja y di órdenes al banco para que no lo pagara ningún recibo. A los 3 meses empecé a recibir llamadas de GESCOBRO, 1 llamada cada hora, desde las 8 de la mañana a las 18h. llamaban desde 120 números diferentes unas veces lo hacían desde móviles otras veces desde números fijos y preguntaban por el titular, mi marido, intentaron que les diera su teléfono, algo que no hice. Denuncié el caso en el juzgado, llevando la lista de llamadas recibidas, pero la funcionaria de turno pasó de mí y me dijo que les pagara la deuda. La supuesta deuda eran 30€ y una vez denunciado el tema ante Consumo, me dieron la razón y además tuvieron que abonarmer lo cobrado de más. Pero tuve que sufrir durante 4 meses a una tipa sin educación.
Alguien que sepa como va esto puede crear una plataforma de estafados por parte de estas empresas y hacer una denuncia en masa, lo que esta claro es que están estafando y acosando a la gente y les da igual si estás trabajando, si duermes etc a uno no le harán caso pero y si los llevamos delante de un juez todos juntos?
Lo más importante es esta parte "es posible la existencia de una responsabilidad administrativa o civil por parte de la empresa que reitera ese tipo de llamadas", por lo tanto visita al médico y un psicólogo, y con los partes de estrés, ansiedad y baja por depresión o lo que conste en los certificados médicos y el informe psicológico, denuncia por daños y perjuicios por unos 60.000 euros cada cliente molestado. En dos horas dejan de llamar a todos/as. Así funciona esto.
A mi me hicieron exactamente lo mismo de parte de Orange. Me decían que no les constaba que hubiera pagado pese a que les envié todos los justificantes posibles. Me llamaban varias veces al día y me mandaban cartitas a casa. Además de reclamar en Consumo, intenté que sancionaran a ambas empresaa. Nada de nada. Trancurridos muchos meses, a través de Consumo, conseguí que reconocieran que no les debía nada. Y aún así, lo hicieron con cierto retintín, como si me hubieran perdonado la supuesta deuda. Y a cambio de los nervios y el cabreo que me hicieron pasar, ni una triste multa.
Hoy en día con cualquier móvil moderno puedes bloquear mil llamadas.
Entonces si las personas jurídicas no pueden cometer coacción,tampoco pueden llamar por teléfono ya que no tienen "voz humana" al no ser personas físicas..
Y por parte de Vodafone,a mi,seis veces al dia. Tengo que desconectar el fijo porque si no, no pug fer horeta.
Es curioso, llamar 3 veces al día a una ex es acoso, pero llamar 5 veces diarias a alguien para que pague deudas sin enviarle ningún aviso escrito por carta no es nada. Este país es insuperable.