Desde que entró en vigor el real decreto por el que se declara el estado de alarma ante la expansión del coronavirus en España, han circulado en las redes mensajes sobre la necesidad de que los ciudadanos lleven encima justificantes de su centro de trabajo o tickets de compra por si un agente policial les para en la calle para comprobar si están vulnerando las restricciones de movilidad.
En un audio compartido en grupos de wasap, un hombre aseguraba incluso que a un vecino suyo le había multado un policía con 600 euros porque no conservaba el ticket de la gasolinera en la que había repostado minutos antes y, sin este recibo, el agente que le había hecho detener el vehículo para preguntarle dónde iba no admitía más explicaciones.
Y otros mensajes difundidos en redes iban aún más lejos y aseguraban que la Guardia Civil expide certificados de asistencia al trabajo.
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En definitiva, no es obligatorio circular por la calle con un certificado, un recibo o cualquier otro documento que acredite la legalidad de ese desplazamiento, pero sí es aconsejable y útil para facilitar la tarea de supervisión y control de las Fuerzas de Seguridad.
En su artículo 7, el real decreto aprobado el sábado pasado por el Consejo de Ministros dispone que los ciudadanos únicamente pueden circular por las vías de uso público «de forma individual» para actividades muy concretas: comprar alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; acudir a centros sanitarios o entidades financieras, ir a trabajar, volver a casa, cuidar de otras personas o por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Los vehículos privados podrán circular para realizar cualquiera de estas actividades y también para repostar combustible, según precisa este decreto, mientras que las sanciones previstas para los que no puedan justificar estar en la calle van desde multas de 100 euros hasta pena de 3 meses de cárcel por un delito de desobediencia y de 4 años por atentado a la autoridad.
¿Cómo demuestra entonces un ciudadano que no incumple las restricciones del estado de alarma si un agente le para cuando camina por la calle o circula en su vehículo? ¿Debe mostrar algún justificante del pago en algún establecimiento o de que trabaja en algún sitio concreto? ¿Necesita algún tipo de certificado obligatorio?
No, nadie le puede exigir nada parecido. El Real decreto 463/2020 que regula el estado de alarma «no establece ningún régimen de salvoconductos, certificados ni nada similar», explican fuentes del Ministerio del Interior.
«Los agentes, como hacen habitualmente, tienen la obligación de hacer cumplir la ley» y, por tanto, «pueden llevar a cabo las indagaciones pertinentes» para comprobar que se cumple con lo establecido en el artículo 7 del Real decreto». En este caso, «si llevas algo encima que ayude al agente a hacer esa comprobación, le facilitas el trabajo y todo va más rápido», indican las mismas fuentes.
«Pero en ningún caso se trata de una obligación ni nada parecido, ni la ausencia de comprobante significa que no te puedas mover si cumples con los requisitos», recalcan las fuentes de Interior, que insisten en dejar claro que «los agentes, como hacen a diario, aplican la ley con criterios de proporcionalidad».
La Guardia Civil ha alertado asimismo sobre la falsedad de los mensajes que atribuyen a esta institución una supuesta competencia para expedir «certificados de asistencia al trabajo». «Si llevas algún documento, agilizarás las gestiones en caso de ser requerid@ para explicar por qué no estás en casa y ahorrarás tiempo para todos», puntualiza, eso sí, a través de su cuenta de Twitter.
En el mismo sentido, el teniente general Laurentino Ceña, director adjunto operativo de la Guardia Civil, explicaba este martes que «no existe un documento previsto al respecto, con lo cual no es exigible».
Y también añadía el mismo matiz: «No obstante, si el ciudadano que va a trabajar tiene un documento de su empresa que acredita que está trabajando en ella, probablemente las gestiones para comprobar la veracidad de lo que dice sean más rápidas y se pueda facilitar su circulación de una forma más fluida».
En la misma comparecencia informativa, tras la reunión del comité de seguimiento de la pandemia, el comisario José Ángel González, director adjunto operativo de la Policía Nacional, precisaba que «todavía no se exige ningún certificado», aunque la situación actual es «cambiante» y «día a día se van tomando decisiones».
En todo caso, las medidas de comprobación policial «se aplican con muchísima flexibilidad», y los agentes han recibido instrucciones para que «tengan mucha mano izquierda» y «en cada momento valoren la situación», precisaba el número dos de la Policía.
14 comentarios
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necesito alguna documentación para recojer a mi hijo 25 años en el aeropuerto de palma ?
es necesario un permiso para circular por carretera para ir a cuidar a tu nieta
Por qué no hay limpieza en las calles estos días ?Tanta gente paseando perritos está la calle llena de mierdas y pipis..muy higiénico todo.
Pues por mi barrio pases todo el mundo como si no hubiera cuarentena es una vergüenza ,pero como la policía por aquí no aparece ni cuando la llamas.
Todo mi respeto por este señor (Pere).Hay que respetar la ley y cortar la cadena de contagio.Sin mas.Esto no tiene nada que ver con el nerviosismo,rozando la histeria de algunos agentes.Son funcionarios publicos,de un pais democrático. Señor Pere, es usted unos de los pocos que se acuerda de las libertades individuales. "Chapeau".
Si a los agentes policiales se les dice con naturalidad que se va al trabajo en tal empresa u organismo, sin que exista la obligación de portar documentación acreditativa, es problema de cada agente sustanciar las dudas u objeciones que pueda tener al respecto.
Marga T. Si al policía le da por poner una denuncia, no le decimos gracias y adiós, le reclamamos allí presencialmente. No estamos en un estado dictatorial. Es verdad que se tiene que hacer cumplir el estado de alarma, pero tampoco es normal que te multen sin ninguna justificación cómo hicieron conmigo cuando fui a trabajar. SÍ a la libertad.
La policía sólo hace el papel de denunciante cualificado. Cuando os llegue la denuncia la reclamáis y aportáis todos los documentos que sean necesarios en el recurso. No os volváis locos discutiendo con el agente ya que él sólo hace su trabajo lo mejor que puede. Si le da por poner una denuncia, gracias y adiós.
Lo que tendriar que mirar es eso de pasear todo el dia perros por mi zona todo el dia se ve personas paseado perros que nunca les habia visto y ademas todas la aceras llenas de cacas y meados da asco hay que quedarse en casa.
Resumiendo: que no es obligatorio pero si al policía le apetece te casca 600 pavos de multa. Democracia ejemplar.