El TSJB argumenta que la actividad de Airbnb está amparada por una directiva comunitaria, la cual choca con la regulación autonómica de insertar el número de inscripción en el registro de la Conselleria de Turisme.
El Govern modificó en julio de 2017 la Ley General Turística para endurecer el control de la oferta de alojamiento turística ilegal. En dicha norma se reguló que la publicidad, por cualquier medio de difusión, de la comercialización de estancias turísticas en viviendas «debe incorporar el número de inscripción turística de la vivienda».
La Conselleria de Turisme detectó el 28 de noviembre de 2017 que Airbnb estaba comercializando pisos turísticos sin estar inscritos en el citado registro, por lo que le dio 15 días de plazo a la plataforma para que retirara los anuncios. En febrero de 2018, los inspectores de Turisme detectan que Airbnb sigue incumpliendo la normativa turística y es entonces cuando se inicia un proceso sancionador, en el que se le imputa a Airbnb la comisión de una infracción muy grave en materia turística. La plataforma inició toda una serie de actuaciones legales, pero la Conselleria d'Innovació, Recerca i Turisme le impuso al final una sanción de 300.000 euros.
La plataforma interpuso un recurso de reposición contra la misma, pero al ser desestimada le obligó a ir la vía judicial para evitar el pago de la multa, que ha culminado con la sentencia del TSJB, con fecha de 29 de abril de 2020.
En la sentencia se explica que al ser de aplicación el artículo 15 de la Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo, relativa al comercio electrónico en el mercado interior, «las capturas de pantalla no pueden servir como prueba de cargo que desvirtúen el principio de presunción de inocencia o de no responsabilidad administrativa».
De acuerdo con esta norma comunitaria, se especifica en la sentencia del TSJB que no puede imponer a a Airbnb la obligación de efectuar una revisión exhaustiva y detallada de toda la publicidad que los anfitriones publican en la web. «Por tanto, de dicho precepto se deriva que la obligación de insertar el número está dirigida a la empresa turística que la oferte, no a la empresa titular del medio en el que publicita la oferta». El TSJB añade que Airbnb queda protegida por las exenciones de responsabilid previstas en la Directiva 2000/31/CE.
El auto judicial especifica que la sanción del Govern vulneraría el objeto de la citada directiva comunitaria «al colisionar el derecho de la UE y el derecho nacional», primando la norma comunitaria sobre la esopañola. El TSJB declara nula la sanción de la CAIB. El Govern anuncia que presentará un recurso de casación contra la sentencia del TSJB.
57 comentarios
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Esto es un ZASCA a los bocas que se reían porque la pobre gente que alquila sus propiedades tenían que dejar de hacerlo, a pesar de que todos sabían que era ilegal, y que un simple ayuntamiento de pueblo no puede ir en contra de una directiva europea. Os queda claro y de cómo funciona el mundo? LIBERTAD!!!!!!!
Madre mía este govern nos arruina con sus cagad,,,, primero el túnel ,luego el fontanellas ahora airb no dan ni una 200 millones la broma.
estic content per aquells que varen optar pel vacacional i ara no han cobrat res. Per especuladors! hi ha una bombolla al preu del lloguer per gent com vosaltres, sou part del problema
El día que la LAU proteja al propietario y asegure el cobro del alquiler entonces el alquiler vacacional quedará bajo mínimos.
Se lo merecen, por hacerlo mal, tenernos una autonomía de pandereta. Cada
@Kendu estas muy equivocada, no es el alquiler vacacional el que dispara los precios de la vivienda (se ha desmontado ese argumento un millón de veces) , y tampoco es el alquiler vacacional el que desabastece el mercado de viviendas. Culpa a la inseguridad juridica, a los costes del riesgo que supone que alguien se meta en tu casa y no quiera salir. En general se gana menos en el vacacional por la cantidad de trabajo que da y no está hecho para todos. Lo que si da es seguridad en el cobro que es lo único pq es tan perseguido. Asegura el cobro del alquiler LAU y no dudes que habrá viviendas de sobras. Además cuando hablas de venir aqui a alquilar para trabajar tu mism@ evidencias a lo que vienes, especular con la oferta laboral de la isla lo cual, a fin de cuentas, es mucho peor que venir a gastarse los cuartos y a disfrutar de la playa. Y obvias demasiado convenientemente que hay quien viene a trabajar y a quedarse pq le gusta la isla que directamente se compra una casa.
Para los que se alegran por esta actividad que sólo beneficia a unos pocos pero perjudica a la mayoría que no canten victoria tan pronto...En diciembre el TSJ de Cataluña dictó justo lo contrario obligando a eliminar 12000 anuncios. Así que mejor esperar a ver como acaba el tema en tribunal Supremo. Por otra parte sólo trata sobre publicidad en una plataforma digital y no sobre la legalidad de dicha actividad que sigue PROHIBIDA. Hay que mirar el lado positivo, más fácil lo tendrán los inspectores de la conselleria para detectar los pisos sin licencia turística, bastará que consulten Airbnb.
Espero que esta sentencia no sea definitiva, aunque la multa sea solo de un euro, pues pienso que si al distribuidor se le exime de la responsabilidad de que el producto que vende sea legal los consumidores tendremos un gran problema,
Estos del Govern no dan ni una......y esperen a la sentencia del tunel de Soller!!! una pandilla de inútiles!! y todavía les votan, como al duo dinamico este de pedro y pablo, con la que han montado con lo del virus ese, el peor pais del mundo en su gestión, yo, es que no lo entiendo.....
@vergonya, es mucho mejor que destinéis todas vuestras viviendas a turismo, que los que estamos de alquiler tengamos que irnos de la isla por no poder pagar 1000 euros al mes y luego quejaros al gobierno de que tenéis que coger un avión para ir al médico porque no queda personal sanitario que pueda permitirse el lujo de vivir aquí (entre otros muchos servicios)