La polémica sobre el alquiler del ático de Estepona y su posterior compra por parte de Ignacio González y su mujer está relatada con todo detalle en el último informe remitido por la UDEF al juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Estepona el pasado 7 de febrero. En el que se instruye la causa por la denuncia presentada por el sindicato de Policía SUP el 15 de octubre de 2012 para investigar la adquisición de la citada finca.
En el momento de la remisión del citado informe, la Policía explica en él que Ignacio González posee el 20 por ciento del ático situado en la urbanización Alhambra del Golf, Fase III de Estepona y Lourdes Cavero Mestre, el 80 por ciento restante.
Sin embargo, el expresidente de la Comunidad de Madrid ha dejado de ser el propietario de ese 20 por ciento en algún momento en el periodo que va desde la presentación del informe hasta la actualidad, ya que a día de hoy el Registro de Estepona refleja que no tiene ninguna propiedad en ese municipio y el Registro Central de la Propiedad precisa que «no existen propiedades vigentes en todo el territorio nacional» a favor de Ignacio González.
Tampoco le pertenece la casa de Aravaca, de 447 metros cuadrados, en la que vive junto con su esposa. La propietaria es ella, que también está siendo investigada en la 'operación Lezo', y la ha obtenido por una «donación».
Sin embargo, el juez Eloy Velasco también ha bloqueado esta vivienda, en la que no constan cargas hipotecarias, pero sí tiene anotado en el Registro de la Propiedad una anotación desde el 19 de abril, el miércoles pasado, cuando se inició la operación en la que resultó detenido Ignacio González, junto con su hermano Pablo y su cuñado José Juan Caballero, marido de su hermana.
El magistrado de la Audiencia Nacional ordena en el escrito remitido al Registro que se prohíba disponer, vender, gravar, obligar o enajenar las fincas situadas en las calles Hoces de la Hermida y Burgohondo de Aravaca.
En la orden se especifica que se hace en base a las «diligencias previas del procedimiento abreviado número 91/2916 contra doña Lourdes Cavero Mestre, Zubelnegenubi SL -sociedad de Cable y televisión por satélite de la que es administrador único Ildefonso de Miguel- y otros».
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