Santi Vidal. | Efe

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha reconocido el derecho del juez y exsenador de ERC Santi Vidal, inhabilitado por tres años en 2015 por participar en la elaboración de una Constitución para Cataluña, a reingresar en la carrera judicial. No podrá volver directamente a su antigua plaza de la Audiencia de Barcelona sino que tendrá que participar en el primer concurso que convoque el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para plazas de su categoría.

Así lo señala la resolución dada a conocer este martes por el Supremo, que deriva de una reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que anuló un artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que fue utilizado en el caso de Vidal para hacer una valoración de su «aptitud» y rechazar su reingreso automático a la Carrera. El artículo, según el tribunal de garantías, generaba una «incertidumbre insuperable» que lo hace inconstitucional.

Vidal fue inhabilitado por tres años en 2015 por participar en la elaboración de una Constitución para Cataluña. Cumplido este tiempo, en marzo de 2018 solicitó su reingreso, pero el Consejo se opuso al considerar que sus manifestaciones e intervenciones públicas efectuadas mientras estaba suspendido en funciones revelan su «falta de lealtad a las instituciones del Estado y a la Constitución».

Tras conocer la anulación dictada por el TC del artículo que le afectaba, Vidal volvió a recurrir al Supremo, que reconoce ahora el derecho del recurrente a reingresar en la carrera al no ser ya exigible la previa declaración de aptitud. No obstante, tendrá que hacerlo en los términos establecidos en la ley, que establece que queda obligado a participar en el primer concurso en el que se anuncien plazas de su categoría después de la notificación de la sentencia.

La sentencia añade que, para su reingreso, Vidal queda obligado a participar en todos los concursos que se anuncien en plazas de su categoría y advierte que, «de no hacerlo así, quedaría en situación de excedencia voluntaria por interés particular».

La sentencia de la Sala, de la que ha sido ponente el magistrado Nicolás Maurandi, reconoce también al recurrente sus derechos profesionales de todo tipo, económicos y administrativos, desde la fecha de extinción de la responsabilidad disciplinaria por la que fue sancionado y siempre que efectivamente reingrese en el servicio activo en los términos que han sido expuestos.

CITADO EL JUEVES EN EL SUPREMO

El exsenador de la formación independentista reconoció, entre los meses de noviembre y diciembre de 2016, que el Govern de Carles Puigdemont obtuvo de forma ilegal los datos fiscales de los catalanes para crear una Hacienda propia.

Por estas declaraciones, el Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona abrió una causa para analizar el proceso independentista en Catalunya, centrando después sus pesquisas en la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017, donde se encuentra investigado. Se da la circunstancia de que Vidal está citado como testigo el próximo jueves en el juicio del 'procés' independentista que se sustancia en el Tribunal Supremo.

Asimismo, Vidal ha sido citado de nuevo a declarar el 22 de marzo por la titular del Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona, Alejandra Gil, después de que él mismo lo solicitara.