El Servicio de Clasificación de la Secretaría de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la Víctima de la Conselleria de Justicia de la Generalitat ha concedido el tercer grado, el de semilibertad, a los nueve líderes independentistas condenados por el Tribunal Supremo por el proceso soberanista. | Youtube: Europa Press

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El Servicio de Clasificación de la Secretaría de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la Víctima de la Conselleria de Justicia de la Generalitat ha concedido el tercer grado, el de semilibertad, a los nueve líderes independentistas condenados por el Tribunal Supremo por el proceso soberanista.

Según ha informado este martes la Conselleria liderada por Ester Capella, el equipo del Servicio de Clasificación ratifica la propuesta de las juntas de tratamiento de las cárceles de Lledoners, en Sant Joan de Vilatorrada (Barcelona), Puig de les Basses, en Figueres (Girona), y en la de Mujeres de Barcelona (Wad-Ras) del pasado 2 de julio.

Con este nuevo grado, el exvicepresidente Oriol Junqueras, los exconsellers Jordi Turull, Josep Rull, Quim Forn, Dolors Bassa y Raül Romeva, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, el expresidente de la ANC Jordi Sànchez y el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, tendrán que ir a dormir a la cárcel entre semana y podrán salir durante el día y estar en casa el fin de semana.

La Conselleria destaca en el comunicado que todas las resoluciones son resultado de un análisis individualizado de cada uno de los presos, aunque el Servicio de Clasificación coincide en que todos han participado en actividades de razonamiento, juicio crítico y resolución de conflictos, han tenido «máxima colaboración» con el resto de presos y los profesionales, y que no ha habido incumplimientos judiciales ni expedientes disciplinarios.
También ha tenido en cuenta que todos los internos disponen de una «red social y familiar favorable para la rehabilitación» y tienen un pronóstico de bajo riesgo de reincidencia.

El Servicio de Clasificación progresa a tercer grado a los presos con el objetivo de «favorecer y consolidar» su itinerario de reinserción sociolaboral en el ámbito privado, dando continuidad a sus programas de tratamiento con un régimen de mayor autonomía.
Recuerda en todas sus resoluciones que el artículo 72.4 de la Ley orgánica general penitenciaria impide que ningún interno preparado para el tercer grado se mantenga clasificada en segundo grado, el ordinario de privación de libertad.

Sin fecha de salida

Las juntas de tratamiento establecerá las fechas de aplicación del tercer grado, los horarios concretos y, si es necesario, los cambios en las actividades de los nueve internos fuera del centro penitenciario, ya que todos ellos tenían aplicado el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario que les permitía salir entre semana de la cárcel para trabajar o hacer voluntariado pese a estar en segundo grado.

El Servicio de Clasificación trasladará ahora las resoluciones de tercer grado a la Fiscalía, que puede recurrir ante el juez de vigilancia penitenciaria correspondiente, si bien el tercer grado es de aplicación inmediata hasta que resuelva el juzgado.

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La decisión del juzgado de vigilancia puede recurrirse, en última instancia, ante el tribunal sentenciador, en este caso, el Tribunal Supremo.

Sin embargo, fuentes jurídicas han apuntado a que la Fiscalía podría dejar en suspenso la aplicación del tercer grado presentando recurso de apelación ante el tribunal sentenciador, en base a la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

Segundo grado con 100.2

El 11 de diciembre de 2019, las cárceles propusieron para los presos independentistas la clasificación en segundo grado, el régimen ordinario de privación de libertad, lo que el Servicio de Clasificación ratificó el 9 de enero de 2020.

Posteriormente se fue proponiendo para todos ellos la flexibilización que prevé el artículo 100.2, con lo que podían salir entre semana para trabajar o ejercer voluntariado; además, Sànchez y Cuixart, al haber cumplido un cuarto de la pena, ya han obtenido permisos penitenciarios.

Fueron condenados por el Tribunal Supremo por delitos de sedición y en algunos casos malversación por impulsar el proceso soberanista y el 1-O en otoño de 2017, y las penas van desde los 13 años de cárcel para Junqueras a los 9 para Sànchez y para Cuixart.

Servicio de clasificación

El Servicio de Clasificación, compuesto por cinco juristas y cinco psicólogos, se encarga de velar por que las propuestas de los centros penitenciarios sigan los mismos criterios y solamente rechaza el 5% de las propuestas de clasificación formuladas por las juntas de tratamiento.