El Supremo sigue así el criterio del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que determinó que la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a Otegi, Díez Usabiaga, Rodríguez Torres, Jacinto García y Zabaleta vulneró el artículo 6.1 del Convenio Europeo, ya que entendía el «temor legítimo» de los acusados a una falta de imparcialidad del tribunal.
Estrasburgo no vio «ninguna evidencia» que llevara a pensar que en el tribunal había «animadversión personal» hacia los acusados, pero sí que las «dudas» de éstos estaban «justificadas». Así, rechazó «cualquier indemnización para los recurrentes en concepto de daño moral, considerando suficiente la constatación de la declaración de la vulneración del derecho solicitado».
De este modo, para los magistrados de la Sala Segunda del Supremo, la sentencia del TEDH «constituye título suficiente» para autorizar primero la interposición del recurso de revisión y ahora para estimarlo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 954 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Con esta sentencia del Supremo, queda anulada la pena de inhabilitación que seguía pesando sobre Arnaldo Otegi, coordinador general de EH Bildu, y que finalizaba en febrero del año que viene.
UN COMENTARIO DE LA PRESIDENTA DEL TRIBUNAL
En su sentencia de noviembre de 2018 --que adquirió firmeza en febrero de 2019--, el TEDH consideró que el juicio de la Audiencia Nacional no cumplió con todas las garantías, al formar parte del tribunal la magistrada Ángela Murillo, quien anteriormente, en marzo de 2010, había sido apartada por supuesta falta de imparcialidad en un juicio anterior por enaltecimiento del terrorismo en el que estaba acusado también Arnaldo Otegi.
En aquella vista oral, Murillo preguntó a Otegi si condenaba a ETA y, ante la negativa de éste a ofrecer una respuesta, la juez le dijo que ya sabía que no le iba a contestar. El Supremo apartó a la magistrada del caso, que ejercía de presidenta del tribunal, al apreciar en ella «prejuicio». La vista oral fue repetida y el exportavoz de Batasuna resultó absuelto en ese procedimiento.
Ante la sentencia de Estrasburgo, que la Abogacía del Estado no recurrió al determinar que no se cumplían los requisitos para ir ante la Gran Sala, los condenados por 'Bateragune' interpusieron recurso extraordinario de revisión, que fue admitido, contra la sentencia de 2012 por la que Otegi fue condenado a seis años y medio de prisión y diez de inhabilitación.
Casi un año después de la presentación del recurso de revisión, el alto tribunal, en coincidencia con la Fiscalía, ha dado ahora la razón a Otegi y el resto de condenados por el 'caso Bateragune', de modo que la sentencia de la Audiencia Nacional queda anulada.
17 comentarios
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Al final se sabrà tot. Felicitacions Otegui per aquesta victòria, i per haver estat tu la persona que volgué un procés de pau. Ho volem saber tot!
Repugnante !!!!!...💩💩💩💩💩
Primero: Hay que adecuar todas las leyes a la época actual, porque las que hoy se aplican están desfasadas de la verdadera realidad que impera en nuestra sociedad... Segundo: Un juez puede tener sus ideas políticas, pero es inadmisible que las aplique a las sentencias que impone. Si las leyes que existen no le gustan que se busque otro trabajo, pero un juez no es quién para interpretar las leyes según su ideología... Tercero: La imparcialidad no es precisamente lo que impera en la justicia española, véase también el caso independentista...... La resolución del Supremo, es una bofetada para los que se creen por encima de todo.
"Quien con terroristas se acuesta, salpicado se despierta...".
Eso es otro favor de Pedro Sanchez y otra bajada de pantalones de este gobierno dictador y comunista en favor de los criminales de eta.
Hay esta!!! El gran amigo del coletas!!!
Un terrorista en el parlamento !!!!... así nos va,
Pero que gran país de políticos ladrones y que solo piensan en sus intereses y no los del pueblo. Se tendría que acabar con toda esta chusma de una vez,empezando por la casa real y estos personajes llamados políticos. Vergüenza!!!!
Que un tipo como Otegi consiga ponernos la cara roya gracias a la ineptitud de nuestros jueces...Que nos tengan que enseñar a aplicar la ley es una deshonra para la justicia española....otra más
Según este tribunal europeo y el supremo los únicos terroristas son las víctimas que han muerto en un atentado