La absolución se extiende a los acusados «no recurrentes», ya que «se encuentran en idéntica situación fáctica y jurídica respecto de los recurrentes absueltos, de modo que no cabría soslayar unpronunciamiento sobre el particular». En el juicio, un total de 119 acusados pactaron con el fiscal al reconocer que abandonaron sus puestos de trabajo. Tras el acuerdo, seis de los procesados fueron condenados a siete meses de multa con cuota diaria de 150 euros; otros seis, a siete meses de multa, a razón de 100 euros y seis más, a diez meses de multa, con una cuota diaria de 100 euros. El resto de los acusados fue condenado a cinco meses de multa, a razón de 100 euros. Dos de los acusados, entre ellos el exportavoz del sindicato mayoritario USCA César Cabo, que fue la cara visible y la voz del colectivo aquellos días, fueron absueltos. De igual modo, la sentencia de instancia condenó a los acusados a abonar a los perjudicados, de forma conjunta y solidaria, junto con la entidad pública Enaire (antes Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea -AENA-) como responsable civil subsidiaria a la cantidad de 13.076.981,62 de euros. El fallo contemplaba la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. Durante el juicio, el actual portavoz de USCA, Daniel Zamit, aseveró que no se hizo ninguna huelga y culpó al entonces Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero de «montar un follón» para justificar la militarización del aeropuerto.
NO HAY REPROCHE PENAL
En la resolución, los magistrados descartan que los hechos merezcan un reproche penal y exponen que «la mera presentación del formulario, aunque supusiera, como sostiene la sentencia de instancia, el relevo del controlador, por mucho que pudiera entenderse como un mero subterfugio, tampoco permitiría subsumir el delito». «A lo sumo, caso de acreditarse la incerteza de las causas de discapacidad alegadas en el formulario, solo cabría reconducir la cuestión al ámbito de la responsabilidad disciplinaria», recoge el fallo judicial. De igual modo, apuntan que el hecho de no acudir a su puesto de trabajo supuso «una decisión dentro del margen de discrecionalidad de Aena, equiparable en cierto sentido con el cierre patronal ante una situación de presión o reivindicación laboral, en cuyo contexto difícilmente cabría hablar de abandono de servicio porque con la indicada regulación, fuera de los vuelos a que se refiere el Convenio de Chicago, no había vuelos que controlar».
4 comentarios
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Oleee!!! Viva la justicia española!!! Aquí todo sale gratis!!! Y que siga la fiestaaa y el cachondeo!!
!!!LA CUESTION ES QUE SI SE CONDENA LA NEGLIGENTE ACTITUD DE LOS CONTROLARES TAMBIEN AENA( ENTIENDASE EL GOBIERNO) SERIA RESPONSABLE Y TENDRIA QUE HACER FRENTE A POSIBLES INDEMNIZACIONES, POR LO QUE ASI TODO SE LIQUIDA DE UN PLUMAZO!!! OLE !!!TODOS INOCENTES!!! Y NO SE PAGA NI UN EURO A LOS PERJUDICADOS!!! ESO SI QUE ES JUSTICIA!!!
que tome nota el Psoe ....están acostumbrados a saltarse la ley con decretos que después son declarados ilegales... lo mismo que con la pandemia ,el problema es que nadie asume responsabilidades...