Los jueces en España castigan menos las violaciones si las comete la pareja o la expareja de la víctima, según un estudio de la Universitat Oberta de Cataluña (UOC) que ha analizado mil sentencias publicadas por audiencias provinciales entre 2015 y 2022 por delitos de agresión sexual a mujeres adultas.
Bajo el título «How Criminal Is It to Rape a Partner According to the Justice System? Analysis of Sentences in Spain (2015-2022)», el estudio, del que es autor principal el catedrático de Derecho Penal Josep Maria Tamarit Sumalla, se ha publicado en el European Journal on Criminal Policy and Research. Tamarit apunta que de esa jurisprudencia se deriva que las violaciones por parte de la pareja o expareja «se condenan menos, se castigan menos y se reconoce una menor indemnización». De los 964 casos de violación estudiados, un 37 % habían sido cometidos por la pareja o expareja; un 17,6 %, por alguien conocido; un 22,7 %, por un desconocido, y un 20,9 %, por otros familiares de la víctima.
El análisis revela que los magistrados decidieron condenar a un 62 % de los acusados de violación que eran pareja o expareja de las víctimas, un porcentaje que asciende 17 puntos, hasta el 79 % de media, en el resto de casos. En cuanto a la pena de prisión de las sentencias condenatorias, fue de 83,4 meses de media en los casos de relación íntima y de 95,1 meses en los demás contextos. Esto es, que de media la duración de la condena de prisión fue de un año menos para las parejas o exparejas.
Sobre elementos que pudieran afectar a ese resultado, Tamarit explica que hay que tener en cuenta que el trabajo de los magistrados no es sencillo porque, en los casos de violación dentro de las relaciones de pareja, a menudo hay escasez de pruebas y, además, «la ley permite eximir a la víctima del deber de declarar». Por otro lado, respecto a las indemnizaciones, las parejas o exparejas tuvieron que pagar de media cerca de 12.600 euros.
El resto, casi 17.800 euros. Igualmente, sobre la agravante de parentesco que podría concurrir en muchos de los casos, el estudio apunta que los tribunales sólo apreciaron la circunstancia en un 22 % de los casos. Según Tamarit, esa concurrencia evolucionará a raíz de la popular ley del sólo sí es sí, aprobada en octubre del 2022.
«De acuerdo con la reforma, ahora los tribunales tienen que agravar la pena cuando las violaciones se producen dentro de la pareja, y probablemente habrá un cambio», señala el profesor. Según la última macroencuesta estatal de violencia contra la mujer, de 2019, un 7,5 % de las españolas de más de 16 años han sido violadas por sus parejas o exparejas. El Tribunal Supremo recalcó hace apenas cuatro años que no existe el «débito conyugal», es decir, que la mujer no está obligada a satisfacer las necesidades sexuales de su marido.
3 comentarios
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LectoraHas llegit - i comprès - el article? Hi explican que en cas de parella és més difícil trobar evidències... Les pseudo-feministes de Podem vos han menjat ben el coco... I lo dic com dona víctima d'abús... així per prevenir que em digui que som masclista i facha...
Exacte! A veure si tothom veu que aquesta gent no sol ser equànime?