El día 24, la víctima, de 17 años, acudió al domicilio enviada por su tía, que se había enterado de que los inquilinos buscaban una cuidadora para un bebé. Allí le recibió uno de los condenados, que era el padre del bebé, que tras explicarle el trabajo, la invitó a algo de beber y comenzó a hacerla tocamientos pese a que ella le pedía que parase.
Lejos de detenerse, el condenado «con el fin de nublar sus sentidos, le suministró varios vasos de cerveza», logrando que la menor alcanzara un estado de embriaguez, tras lo cual, la desnudó y la violó, sin que ella pudiera hacer nada dado el estado de embriaguez en que se encontraba y la corpulencia del acusado, según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE.
El día 26, la tía de la víctima le recordó que debía volver a trabajar a la misma casa porque así se había comprometido con la madre del bebé, por lo que la menor se sintió obligada a volver para no defraudar a su tía y porque necesitaba el trabajo. Aquel día, la menor llegó, salió de paseo con el bebé y cuando regresó el padre ya estaba despierto.
De nuevo preparó varias bebidas alcohólicas que ella aceptó pero cuando le propuso mantener relaciones sexuales, la menor se negó. En ese momento, de una de las habitaciones salió el otro condenado, hermano del anterior, quien agarró a la joven y aprovechando que estaba ebria, se la llevó a su cuarto y la violó.
Poco después, el padre entró a esta habitación, cogió a la menor contra su voluntad, la llevó a su dormitorio y, pese a que ella le dijo que quería irse, el acusado la violó nuevamente. Posteriormente, sabiendo que la madre del bebé estaba a punto de llegar al domicilio, ambos acusados dejaron a la menor en el portal.
La joven fue localizada deambulando por la calle y trasladada al hospital por una intoxicación etílica leve. La Audiencia de Madrid condenó al padre a 14 años de prisión por dos delitos de violación y a 7 años al hermano por un delito, en una sentencia que confirmó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Pero ahora, el Supremo rebaja dos años la pena al primero y uno al segundo al aplicar la Ley del solo sí es sí porque es más beneficiosa para ambos, de manera que se queda en 12 y 6 años. Más allá de esta cuestión técnica el tribunal rechaza todas las alegaciones de los condenados que recriminaban las contradicciones e incoherencias graves de la víctima pues la Sala destaca la credibilidad y perseverancia de la joven en su declaración.
6 comentarios
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Yo alucino con las condenas, 7 años por violar a una menor...... Que clase de país es este en nombre del feminismo, y luego Vox es tachado de machista, cuando siempre hablan de penas más duras para agresores sexuales. Encima les rebajan las penas por culpa de ley impulsada por Podemos Y Psoe, los cuales ahora montan un circo de dimensiones bíblicas por un beso. Pero qué clase de sociedad estamos creando? Por Dios!!!!
Viva la politica socialista que mira por las mujeres.
Lo importante ahora es Rubiales!! Todo lo otro da igual
Españistan, asi nos va..
Gracias al Sr Sanchez y Sra Montero violadores y pederastas a la calle, y eso que nos quieren hacer creer que son feministas, si fuese al contrario serian mas creibles
RECUERDO que las Leyes se presentan para su aprobación en el Parlamento a propuesta del Consejo de Ministros y que el RESPONSABLE ULTIMO DEL CONSEJO DE MINISTROS ES PEDRO SANCHEZ..... ( no Montero)