El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un nuevo Reglamento de Vehículos Históricos que entrará en vigor el 1 de octubre y con el que se actualiza la actual norma con más de tres décadas de antigüedad. La nueva regulación, impulsada por los ministerios de Interior y de Industria y Turismo, tiene como objetivo evitar que el tratamiento normativo español, desigual con respecto a otros países europeos, pudieran favorecer la salida o pérdida de vehículos históricos hacía otros lugares fuera del territorio español.
El nuevo reglamento insta a los ayuntamientos a que establezcan fórmulas en sus ordenanzas municipales que permitan la circulación a aquellos propietarios que hacen un uso esporádico o no habitual de sus vehículos históricos. Para que los vehículos puedan considerarse históricos, de forma similar a la regulación actual, deberán cumplir, al menos, uno de los siguientes requisitos: haber sido fabricado o matriculado por primera vez hace 30 años como mínimo, haber dejado de producirse su tipo específico y estar en su estado original, sin haber sido sometido a ningún cambio fundamental. El nuevo reglamento suprime la posibilidad de que los llamados vehículos de colección puedan clasificarse como históricos.
Además, se regulan dos nuevos procedimientos de clasificación de los vehículos históricos: uno «abreviado» para vehículos matriculados en España hace al menos 30 años, que se encuentren en circulación y con su ITV en vigor, y otro para los que no cumplan estos requisitos y que será algo más complejo. El nuevo reglamento establece un límite de velocidad de 80 km/h para los vehículos históricos que por diseño no dispongan de cinturones de seguridad en las plazas delanteras y prohíbe que en vías interurbanas los menores de estatura inferior a 135 cm. viajen en estos vehículos sin cinturón o sin sillita.
Además, exime de ITV periódica a aquellos vehículos históricos con antigüedad superior a 60 años. Para los ciclomotores clasificados como históricos, la exención es total, sin perjuicio de que, en ambos casos, los propietarios de dichos vehículos tienen la facultad de optar por las ITV voluntarias.
Destaca la introducción de los Servicios Técnicos de Vehículos Históricos, entidades que evaluarán los vehículos que se pretendan clasificar como históricos y emitirán los informes técnicos y certificados en los casos previstos en el reglamento. Estas nuevas entidades harán una labor similar a la que corresponde ahora a los laboratorios oficiales de rango autonómico. El nuevo reglamento define la matriculación ordinaria para especificar que se incluyen en la misma los ciclomotores y los vehículos agrícolas, entre otros.
22 comentarios
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En la nueva fabrica de coches de pedro sanchez ya estan fabricando motores elctricos y baterias genenicos adaptables a estos vehiculos . Todo 100% español
Y el queroseno quemado de cientos de miles de aviones que sobrevuelan csda año las islas. Según los políticos los aviones y los cruceros no contaminan.
Con lo pequeña que es Europa comparada con los monstruos de Asia y todas las restricciones que tenemos, qué piensan hacer con los aviones? mira la famosa web de tráfico aéreo y no se ve tierra, todo son aviones.
Dictadura de la Agenda 2030. Pero no pasa nada. La gente tiene buenas tragaderas y, como dice el refrán, sarna con gusto no pica porque es lo que ha votado.
Pronto nos prohibiran echar pedos, porque como son de CO2, contaminan mucho
Los cruceros o Megayates no contaminan??Lo que un crucero hecho al cielo en Porto Pi cuando enciende maquinas seguro que es más de lo que consumen todos vehículos históricos de Mallorca!!!
Vamos churri date prisa que tenemos que pasar antes por el notario para ir a comer a Algaida con el 600.
Y los ferrys y cruceros en el puerto echando humo, estos no contaminan? O los 2000 aviones que aterrizan y despegan en el aeropuerto? Eso no contamina? Dejen de tomarnos el pelo
Yo no puedo entender la puñetera comedia que hay en este mundo, podemos perder el tiempo en cosas más ridículas?
Otro impuesto a la vísta