Imagen de archivo de un botellón. | Antoni Martín

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El Ayuntamiento de Palma ha presentado el proyecto de la nueva ordenanza cívica que endurece las sanciones contra comportamientos que ‘perturben la convivencia' y que se prevé que entre en vigor en junio. Se pondrá especial atención en el seguro para patinetes, los botellones, grafitis o juegos y apuestas. A continuación, explicamos a qué multa te enfrentarás si la infringes.

Patinetes

En la nueva regulación se mantiene la prohibición de que los patinetes circulen por aceras, plazas y parques salvo cuando los conduzcan menores de 15 años acompañados de un adulto, que deberán circular a velocidad de peatón. Por las vías permitidas para estos vehículos eléctricos, que deben estar homologados, los conductores tendrán que llevar un chaleco reflectante. El uso de casco no es obligatorio pero sí recomendado. Solo podrán circular dos personas en patinetes adaptados para ello y siempre que el conductor sea mayor de edad, y estará prohibido hacerlo usando auriculares o el teléfono. Asimismo, se establece la obligatoriedad de disponer de un seguro de responsabilidad civil. En caso de no ser así, una vez se apruebe la ordenanza, no tener seguro se considerará una infracción grave que implicará multas de 750 a 1.500 euros. En cuanto a las infracciones leves, como circular con auriculares o por túneles urbanos y travesías, entre otras, las multas irán de los 300 a 750 euros.

Alcohol

Según la ordenanza, si el consumo de alcohol en la vía pública altera la convivencia, supone aglomeraciones o deteriora la tranquilidad del entorno, entre otras situaciones, la infracción se considerará grave (con multas de 750 a 1.500 euros) o muy grave (con multas de 1.500 a 3.000 euros). Defecar, orinar o escupir en la calle también puede sancionarse con multas de 1.500 a 3.000 euros

Grafitis y carteles publicitarios

Se aumenta la cuantía de las infracciones por grafitis, pintadas o inscripciones que pasan de los 100 a 750 euros a multas de 1.500 a 3.000 euros. En relación con las pancartas, carteles y folletos publicitarios, se prohíbe su colocación en edificios o instalaciones municipales, en el espacio público y mobiliario urbano. Así, las sanciones irán de los 750 a los 1.500 euros. Igualmente, la colocación en monumentos, edificios catalogados o en señales de tráfico que dificulten su visibilidad supondrá una infracción grave, que asciende a los 1.500 a 3.000 euros. La norma también contempla responsabilizar a los padres en caso de autores menores tanto para el abono de la sanción como del coste de la limpieza en caso de que lo asuma el Ayuntamiento.

Juegos, apuestas y otros actos

La ordenanza civil prohíbe el juego y ofrecer juegos que impliquen apuestas o dinero, unos actos que serán considerados infracciones graves (con multas de 750 a 1.500 euros). Por su parte, el ofrecimiento de juegos de trile supondrá una infracción muy grave (con multas de 1.500 a 3.000 euros). Asimismo, la Ordenanza Civil incide en otros aspectos como los atentados contra la dignidad de las personas, la degradación visual del entorno urbano, el uso inadecuado del espacio público para juegos, regula el uso y aparcamiento de las autocaravanas, los excrementos de las mascotas de compañía, prohíbe el comercio ambulante, el nudismo y seminudismo, por la calle, lo que incluye ir en bañador.