Imagen de archivo de numerosas personas saltando la valla que impedía el paso por el Camí de Ternelles en octubre de 2009. | Teresa Ayuga

TW
31

El Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears ha dictado sentencia anulando la servidumbre de paso sobre el Camí de Ternelles en Pollença reconocida por el Tribunal Supremo, al entender que contradice el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de la Serra que calificó en el año 2007 los 65 metros finales del camino a la Cala y los 490 metros del Camí de Cala Castell como zonas de exclusión.

Noticias relacionadas


La sala concluye que, atendiendo que el camino es un camino privado y que la servidumbre de paso se justificó en la obligación de permitir el libre acceso al mar, el hecho de que el PORN impida dicho acceso estableciendo una zona de exclusión en el tramo final de la vía deja sin sentido mantener el derecho de paso en el resto del camino.