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El Supremo dice que las salas de velatorios deben regularse
como «actividades molestas» porque abren de noche
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que afirma que
las salas de velatorios deben estar incluidas en los reglamentos
municipales de actividades molestas para los vecinos por ser un
«lugar de reunión» con un «horario especial», pues los «familiares
y acompañantes acuden toda la noche». El Supremo rechaza de este
modo un recurso interpuesto por la Comunidad de Bienes Funeraria
Soria, C.B., contra la anulación de la licencia para el
establecimiento de una sala de velatorios en la localidad jienense
de Úbeda.
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