Esto puede llegar a suponer serios problemas, sobre todo para el bienestar del animal, por lo que el Congreso de los Diputados ha aprobado este martes 20 de abril en la sesión plenaria una Proposición de Ley sobre el régimen jurídico de los animales impulsada por los grupos Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.
En este sentido, se ha debatido en torno a la modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil partiendo del principio de que "la naturaleza de los animales es distinta a la naturaleza de las cosas o bienes". Así introduce preceptos destinados a "concretar el régimen de custodia de los animales de compañía, atendiendo a su bienestar" en casos de separación, detalla el comunicado emitido por el Congreso de los Diputados.
Entonces, ¿qué podría ocurrir a partir de ahora en caso de divorcio? Todas las cuestiones relacionadas con las visitas, los gastos o el cuidado serán resultas por un juez si no existe un acuerdo entre ambas partes y para que prime en todo momento el bienestar y la protección del perro, gato u otra mascota de compañía. Asimismo, considera a los animales como un bien que no se puede embargar.
Hasta ahora, el Código Civil dota a los animales del estatuto jurídico de cosas, en concreto con la condición de "bienes muebles". Esta Proposición de Ley introduce un nuevo artículo que considera a los animales como "seres vivos dotados de sensibilidad", por lo que su propietario o propietaria debe ejercer los derechos y deberes correspondientes para su óptimo cuidado.
De esta manera, se modificarán varios artículos y disposiciones de estas normativas para establecer qué sucede en caso de divorcio o de separación y que, en caso de conflicto, sea la justicia la que decida la custodia, el régimen de visitas o el pago de una pensión para su manutención "atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal".
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