La Audiencia de Palma ha condenado a una empresa de seguridad por
no detectar un robo que se estaba cometiendo en una tienda de
souvenir de la calle San Ignacio, que había contratado sus
servicios. La empresa tendrá que indemnizar a la compañía de
seguros, que tuvo que pagar a la comerciante el valor de los
objetos que le sustrajeron en este robo, sobre todo valiosos
equipos informáticos. El tribunal de la Sección Quinta confirma la
responsabilidad de la compañía de seguridad, y se ratifica una
sentencia que dictó un juez de primera instancia.
Los hechos ocurrieron en Palma el día 3 de noviembre de 1996 en
Palma. Unas personas desconocidas accedieron a la planta baja en la
que se ubica el comercio y lo hicieron tras realizar un butrón en
la pared trasera del inmueble. Esta pared era colindante con un
edificio en construcción, que además estaba vallado.
Una vez dentro del comercio los delincuentes taparon un sensor
de seguridad con un papel de aluminio. Ello provocó, según resalta
la sentencia, que sonara en una ocasión la alarma en la central de
la empresa de seguridad. Sin embargo, al instante se desactivó el
sistema de seguridad y no volvió a sonar más dicha alarma.
La empresa de seguridad mantuvo en el pleito que, tras recibirse
esta señal, se envió a una patrulla para que comprobara la alarma.
Sin embargo, el personal no apreció nada raro, consideró que se
trataba de una falsa alarma y por ello no se avisó a los Cuerpos y
Fuerzas de Seguridad del Estado. Sin embargo, en el caso que se ha
juzgado, el tribunal llega a la conclusión de que existió una
actuación negligente por parte de la compañía de seguridad, sobre
todo por no avisar de la señal de alarma a la policía. .
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