La sección primera del tribunal provincial ha condenado a los 30 acusados a penas que oscilan entre los 2 años para dos mujeres consideradas cómplices y los 9 años de cárcel para los principales cabecillas, 9 y medio en el caso de uno reincidente.
El tribunal considera probado que los acusados formaban una banda con una planificación organizativa y material y constituían dos grupos criminales independientes dedicados al narcotráfico.
Según el tribunal, en el juicio celebrado entre el 4 y el 15 de abril quedó probado que todos los acusados se han dedicado a la venta, distribución, auxilio, intermediación, transporte, provisión o menudeo de sustancias estupefacientes, en concreto de hachís y cocaína.
Algunos de los procesados actuaron, además de por su propia cuenta, organizados en dos grupos donde tenían papeles concretos asignados, recoge la sentencia.
La banda estructurada introducía importantes cantidades de cocaína y resina de hachís en Mallorca y actuó con una gran estabilidad personal y logística, al menos desde septiembre de 2013 hasta junio de 2014, cuando fue desmantelada en una operación policial de la UDYCO.
La estructura de la banda se dividía en tres ramas fundamentales: una en la Península, en la zona de Tarragona, que gestionaba la llegada de la droga a Mallorca, y otras dos en Palma, relacionadas por vínculos familiares.
Ambos grupos colaboraron como mínimo una vez, en una operación de entrada de estupefacientes en la isla, que luego se repartieron.
Las sustancias con las que actuaban ambos grupos procedían de la Península, Marruecos y la zona del Benelux y las introducían en Palma para distribuirlas a clientes dedicados al narcotráfico, sin perjuicio de que ciertos miembros del grupo no siempre actuaban bajo el amparo de la banda y en ocasiones también se dedicaban a la venta directa a compradores y terceros narcotraficantes de menor entidad, con su propia red de distribución.
Además de las condenas de prisión, a tres de los acusados el tribunal los condena también a la expulsión de España, con prohibición de retornar antes de 10 años, una vez hayan alcanzado el tercer grado penitenciario o hayan cumplido tres cuartas partes de la pena.
Sobre el principal cabecilla, el tribunal destaca su «frenética actividad» ya que actuaba en diversos mercados y con diversas sustancias, circunstancia agravada con la reincidencia y con el hecho de que actuaba tras la sólida tapadera de un negocio legal.
El otro líder más importante también desarrollaba una actividad «frenética, incesante y voraz» así como totalmente profesionalizada, según describe la sentencia.
El tribunal ordena el comiso de la droga intervenida y la destrucción de la misma y decomisa también once coches.
La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación en un plazo de cinco días.
1 comentario
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Enhorabuena por el resultado de las investigaciones y las resoluciones judiciales pero por favor para los que den la noticia este hecho fue una operación CONJUNTA entre EDOA y UDYCO, es decir entre Guardia Civil y Policía Nacional (lo digo porque lo se fehacientemente) Posiblemente la mejor operación conjunta en muchos años, ojalá trabajaran juntos más a menudo, nos iría mejor a todos. Enhorabuena de nuevo a todos!!!