Bomberos y ambulancias tras el atropello de la mujer. | Alejandro Sepúlveda

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Un juzgado de Palma ha decretado el sobreseimiento libre de la denuncia por homicidio imprudente contra un conductor de Emaya por el atropello mortal de una mujer en la calle Joan Alcover. La víctima cruzaba la calle en un punto en el que el operario no podía verla, según los informes de la Policía Local. Así, la instructora concluye que lo ocurrido fue una imprudencia leve que no constituye un delito. «La parte denunciante debe acudir a la jurisdicción civil para hacer valer sus intereses», concluye.

El accidente ocurrió el 29 de septiembre de 2017. El camión de la empresa municipal circulaba por la calle José Rover Motta. Cuando llegó al cruce con Joan Alcover giró a la derecha y se paró para que cruzaran dos peatones. Al reanudar la marcha, el conductor no vio a una tercera peatón, que cruzaba en sentido opuesto a los dos primeros. El camión la arrastró varios metros y, las heridas que le produjo el atropello desembocaron en su muerte unos días después.

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El auto judicial señala: «La razón por la que el conductor atropelló a la señora no radica en que no respetara la prioridad de paso de la peatón sino en que, desgraciadamente, no pudo percatarse de su presencia porque, como indica el atestado era prácticamente nula la visibilidad».

Los agentes de la Policía Local de Palma que realizaron el atestado revisaron varias cámaras de seguridad de la zona para aclarar en qué sentido cruzó la víctima. Así, establecieron que lo hizo desde un punto en el que el conductor no podía verla. De esta forma, la juez señala que lo ocurrido encajaría como una antigua falta por imprudencia leve, pero que ahora se trata de una conducta despenalizada. La defensa de la familia de la víctima, que se ha personado como acusación particular, ha recurrido la decisión ante la Audiencia Provincial.