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La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a once años de prisión a un joven de 24 por un delito continuado de abuso sexual a su hermanastro de 8, a quien no podrá acercarse a menos de 500 metros ni comunicarse con él hasta 2033.

Además, no podrá ejercer ninguna profesión u oficio que conlleve contacto regular o directo con menores de edad durante quince años, y una vez cumpla la pena de prisión se le impondrá la medida de libertad vigilada durante siete.

Según la sentencia hecha pública este viernes por el Tribunal Superior de Justicia, los hechos se remontan a 2015, cuando el acusado se fue a vivir con su madre, tras no haber tenido relación con ella durante quince años, con el esposo de esta y con el hijo de ambos, de 8.

Los hechos probados señalan que el joven se acostó dos noches en la misma cama que el menor y, aprovechando la relación familiar y de confianza, abusó sexualmente de él.

La sentencia afirma que concurre la agravante de prevalimiento, ya que el acusado se valió de su relación de parentesco con el menor (por ser hijos de la misma madre) y de la diferencia de edad, pues tenía 24 años y la víctima, 8.

«Solo la confianza inherente al parentesco entre ambos (incluso a pesar de la brevedad de su convivencia) permitió que el menor accediera a acostarse con el acusado y que los padres del menor, residentes en la misma vivienda, lo consintieran sin ninguna sospecha o reticencia», señala la sentencia.

Los dos episodios descritos por el menor se consideran como un único delito continuado de abuso sexual con prevalimiento, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

La sentencia absuelve al acusado de un delito leve de amenazas del que se le acusaba por haber proferido expresiones incriminatorias contra su madre durante una conversación telefónica después de que dejara el domicilio, pues no se ha acreditado suficientemente que la amenazara.