La juez de lo Penal número 2 ha condenado al hijo al pago de una multa de 720 euros y que indemnice al perjudicado en 1.627,45 euros por los daños provocados en el vehículo. El progenitor ha quedado absuelto.
Despedido
Los hechos se remontan a julio de 2018. Días antes, los procesados habían sido despedidos de una empresa de construcción. Según el denunciante, porque «llegaban siempre tarde y el padre, encima, no perdonaba la siesta en horas de trabajo». Los dos hombres cobraron lo fijado por ley pero, tal y dijo uno de ellos, no estaban de acuerdo con la cantidad. «Firmamos el finiquito porque necesitábamos el dinero. Quedamos en que nos pagaría lo que nos debía», relató. Esto último fue negado por el afectado ya que «cobraron lo que toca».
A partir de ahí, según el perjudicado, empezó el hostigamiento a través de llamadas y mensajes de Facebook. Y también la fijación por su vehículo. En julio, un retrovisor de la furgoneta Iveco de su exjefe apareció fracturado. Ese día, presuntamente, dejaron una nota: «Tus amigos los de Cádiz», algo que negaron. Dos meses más tarde le hicieron rayaduras. La mujer del denunciante presenció la escena y reconoció al más joven. Precisamente este detalle se recoge en el fallo como fundamental para considerar que el hijo fue el autor de esos daños.
La magistrada recoge que no hay suficientes indicios contra el padre, aún teniendo diferencias como su hijo con su exjefe, y los que hay «no tienen la misma entidad», sostiene. Ante esto, y en virtud del principio de in dubio pro reo, ha quedado absuelto de los cargos que se le imputaban.
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Ultima Hora
De momento no hay comentarios.