La Fiscalía reclama la nulidad del veredicto del jurado y que, la consecuencia, debe ser la repetición de nuevo de todo el juicio a Pau Rigo. | ALEX SEPULVEDA

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La Fiscalía pide al TSJIB revocar la absolución de Pau Rigo, el octogenario de Porreres que disparó y mató a uno de los ladrones que entraron en su domicilio. El Ministerio Público mantiene que el veredicto que dictó el jurado es nulo y que, la consecuencia es que es necesario repetir el juicio.

La acusación pública extiende a la sentencia el mismo criterio que sostiene desde que finalizó el juicio con una mayoría insuficiente para condenar a Rigo de cinco jurados contra cuatro. Considera desde entonces que se debió devolver el cuestionario a los jurados y que el mismo contenido de las preguntas planteaba inconsistencias que no permitían al tribunal ciudadano expresar de forma clara sus conclusiones tras el juicio. Fiscalía reclama una condena de cuatro años de cárcel para Rigo al que considera que debe aplicársele una eximente incompleta y que, por lo tanto, es responsable penalmente de haber acabado con la vida de Mauricio Escobar, de 25 años de edad.

El recurso ante el TSJIB es el primer peldaño, dado que todavía cabrá casación ante el Supremo. Lo ocurrido con las mayorías y el objeto de veredicto en el jurado de Pau Rigo carece de precedentes y, por lo tanto, lo más probable es que el asunto acabe en manos del Alto Tribunal.

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La primera decisión que adoptó la magistrada presidenta del jurado fue ordenar la repetición del juicio de forma directa y decretar por un auto la nulidad del veredicto. El TSJIB aceptó un recurso presentado por la defensa de Rigo, ejercida por el abogado Jaime Campaner y ordenó a la magistrada dictar sentencia y valorar el veredicto que había salido del juicio. La Sala argumentaba que, dado que ninguna de las partes había formulado protesta por el veredicto, no existía una indefensión real que justificara anular en ese momento todo lo actuado.

Tras esa decisión, la magistrada dictó sentencia. Descartó poder condenar a Rigo en función del veredicto, que daba por probado por seis votos frente a cinco que había actuado con sus facultades mermadas, pero no anuladas. La norma obliga a que una condena por un jurado tenga un mínimo de siete votos. Así, la jueza concluía que no era posible alcanzar una convicción sobre si el jurado pretendía absolver a Rigo o imponerle una condena atenuada y, ante esa duda, optaba por la absolución.

El suceso ocurrió en febrero de 2018. Cuatro personas se habían puesto de acuerdo para asaltar la vivienda del jubilado al sospechar que guardaba dinero. Era el segundo robo que ejecutaban en el mismo domicilio en dos semanas. Aparcaron en un camino junto a la casa y los dos hermanos Escobar atacaron al hombre y a su mujer. Les obligaron a darles 15.000 euros y más tarde les presionaron para exigir más fondos. En ese momento fue cuando, Rigo cogió una escopeta que tenía en su vivienda y disparó contra Mauricio, al que mató.